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Viernes, 27 Mayo 2016 11:44

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1408

«8.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVI­CIO PÚBLICO DE LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL “EL PARQUE”, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, TRAMITACIÓN ORDINARIA.

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Ayuntamiento de El Pozo de Guadalajara

 

1408

Edicto DEL Ayuntamiento DE EL POZO de Guadalajara SOBRE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

El Pleno del Ayuntamiento de El Pozo de Guadalajara, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 2016, adoptó el acuerdo que se transcribe a continuación:

«8.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVI­CIO PÚBLICO DE LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL “EL PARQUE”, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN, TRAMITACIÓN ORDINARIA.

Visto que se tramitó expediente de contratación para la gestión del Servi­cio público de escuela infantil municipal, declarándose desierto mediante Decreto de Alcaldía n.º 41/2016, de 10 de marzo, que fue notificado a la única empresa que presentó oferta, sin que se haya presentado recurso de reposición en el plazo de un mes desde que se recibió la notificación el día 10 de marzo de 2016.

Visto que actualmente este servi­cio se está gestionando por “NANOS GUARDERÍAS, S.L.L.” con CIF B45662228, adjudicatario-concesionario del expediente de contratación que se tramitó en 2013 y que, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 19 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigieron esta contratación, continúan con la gestión del servi­cio público mientras se encuentre en tramitación el necesario expediente para la contratación de la nueva concesión y durante el tiempo imprescindible para que se produzca la adjudicación y asunción del servi­cio por el nuevo concesionario.

Vista la Ordenanza municipal reguladora del procedimiento de admisión en los centros municipales de atención a la infancia (hoy escuela infantil); si bien, y de acuerdo con lo informado por Vicesecretaría-Intervención en fecha 17 de diciembre de 2015, se deberá aprobar a la mayor brevedad posible una Ordenanza general reguladora de la escuela infantil.

Considerando que, dada la característica de la gestión del servi­cio público que se pretende contratar, parece que el procedimiento más adecuado es el procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación.

Considerando que el plazo de duración de este contrato debería abarcar toda la legislatura, es decir, finalizar en julio de 2019 (en principio, el mes de agosto la escuela infantil permanece cerrada), con posibilidad de prórroga de un año más, evitando así perjuicios a los usuarios del servi­cio.

Visto que se pretende que el servi­cio se autofinancie, de modo que los ingresos percibidos por los usuarios del servi­cio sean suficientes, mediante una buena y ordenada administración por el concesionario, para atender los gastos de explotación y obtener un margen normal de beneficio industrial; si bien, y de acuerdo con las últimas experiencias el Ayuntamiento está estudiando la posibilidad de colaborar en algunos gastos de mantenimiento de la escuela infantil, concretamente los derivados del gasoil, electricidad y gastos de mantenimiento que puedan ser resueltos por los peones de servi­cios múltiples municipales, lo que supondría un coste anual aproximado de 5.800-6.000 €.

Visto que constan en el expediente los informes preceptivos exigidos en el ar­tícu­lo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local:

- Informe de 27 de julio de 2015 (registro de entrada en el Ayuntamiento en fecha 3 de agosto), de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa sobre la inexistencia de duplicidades en la prestación del Servi­cio escuela infantil de El Pozo de Guadalajara.

- Informe de 16 de noviembre de 2015 (registro de entrada en el Ayuntamiento en fecha 23 de noviembre), de la Subdirección General de relaciones financieras con las Entidades Locales (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), de cumplimiento de los requisitos de sostenibilidad financiera.

Visto el informe jurídico de 17 de diciembre de 2015, relativo a la legislación aplicable, procedimiento a seguir y órgano competente.

Con el fin de conciliar la vida laboral y familiar, y ante la demanda de los padres de niños entre 0-3 años; De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda y el ar­tícu­lo 51.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; el ar­tícu­lo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; art. 51 y 114 a 118 del Real Decreto 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normas concordantes y generales de aplicación, por medio del presente se propone al pleno:

PRIMERO.- Aprobar la iniciación de un nuevo expediente de contratación de gestión del Servi­cio público de la escuela infantil “El Parque” de El Pozo de Guadalajara, disponiendo la apertura del expediente de adjudicación, a través de procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, tramitación ordinaria.

SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de cláusulas administrativas particulares y el Pliego de prescripciones técnicas que se adjunta, y que habrán de regir en esta contratación.

TERCERO.- Acordar la delegación en la Alcaldía del resto de actuaciones del órgano de contratación en el presente expediente.

CUARTO.- Los actos dictados por la Alcaldía en el ejercicio de las atribuciones delegadas se entienden dictados por el órgano delegante, el Pleno, correspondiendo en consecuencia a este la resolución de los recursos de reposición que puedan interponerse.

QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de esta Provincia, conforme al apartado 2 del art. 51 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales.

Debate (…)

Sin más manifestaciones por los Sres. Concejales se procede a la votación, aprobándose por unanimidad.»

Lo que se hace público para general conocimiento. En El Pozo de Guadalajara, 9 de mayo de 2016.– El Alcalde, Teodoro Baldominos Carnerero.

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