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Miércoles, 15 Mayo 2013 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2278

N.º autos: Procedimiento Ordinario 0000835/2011Demandante/s: Rafael Saldaña Benavides

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

2278

NIG: 19130 44 4 2011 0102373

N28150

N.º autos: Procedimiento Ordinario 0000835/2011

Demandante/s: Rafael Saldaña Benavides

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: Piplascor S.L.

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

EDICTO

D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento procedimiento ordinario 0000835/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D./D.ª Rafael Saldana Benavides contra la empresa Piplascor S. L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Tiplascor, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veintiocho de febrero de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero.

En Guadalajara a veintiocho de febrero dos mil trece.

Visto el estado en que se encuentra el presente procedimiento, y habiéndose suspendido el mismo por no encontrarse citada la empresa demandada, cítese nuevamente a las partes para la audiencia del día cuatro de junio de 2013 a las 10,15 horas la conciliación y a las 10,30 horas el juicio. Notifíquese a la empresa por medio de exhortos al Juzgado de Paz de Azuqueca de Henares, y por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Asimismo cítese también al nuevo domicilio y se emplace al Fondo de Garantía Salarial, para la audiencia arriba indicada, dándole traslado de demanda.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El/La Secretario/a Judicial”.

Información adicional

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  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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