Ayuntamiento de El Pozo
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Edicto DE APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL - EJERCICIO 2013
Aprobado el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de El Pozo de Guadalajara para el ejercicio 2013, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y laboral; de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pública el resumen del mismo por capítulos:
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE GASTOS
Capítulo I – Gastos de personal: 260.943,28 €.
Capítulo II – Gastos en bienes corrientes y de servicios: 391.412,33 €.
Capítulo III – Gastos financieros: 12.500,00 €.
Capítulo IV – Transferencias corrientes: 64.419,00 €.
Capítulo VI – Inversiones reales: 4.323,11 €.
Capítulo VII – Transferencias de capital: 0,00 €.
Capítulo VIII – Activos financieros: 0,00 €.
Capítulo IX – Pasivos financieros: 6,00 €.
Total Gastos: 733.603,72 €.
CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO DE INGRESOS
Capítulo I – Impuestos directos: 392.189,32 €.
Capítulo II – Impuestos indirectos: 5.000,00 €.
Capítulo III – Tasas y otros ingresos: 278.350,17 €.
Capítulo IV – Transferencias corrientes: 75.558,96 €.
Capítulo V – Ingresos patrimoniales: 14.500,00 €.
Capítulo VI – Enajenación de inversiones reales: 0,00 €.
Capítulo VII – Transferencias de capital: 18,00 €.
Capítulo VIII – Activos financieros: 0,00 €.
Capítulo IX – Pasivos financieros: 6,00 €.
Total ingresos: 765.622,45 €.
Anexo DE PERSONAL: Personal funcionario: Secretaria-Intervención/A1. N.º 1. Nivel 29. Vicesecretaría-Intervención/A1 n.º 1. Nivel 28. Administrativo/C1. N.º 1. Nivel 13. Auxiliar administrativo/C2. N.º 1. Nivel 13.
Personal laboral.- Fijo: Auxiliar Administración (1). Peón Servicios Múltiples (2) Bibliotecario (1). Servicio Limpieza (1).
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En El Pozo de Guadalajara a 12 de agosto de 2013.– La Alcaldesa, M.ª José Fernández Barranco.