Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 12 Julio 2013 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

3204

N.º autos: Procedimiento Ordinario 757/2012-J Demandante/s: Alejandro García Rodríguez

Descargar pdf Anuncio

Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

3204

NIG: 19130 44 4 2012 0201586

N81291

N.º autos: Procedimiento Ordinario 757/2012-J

Demandante/s: Alejandro García Rodríguez

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: Evicar España Comercio V.I., S.A.

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ordinario 757/2012-J de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Alejandro García Rodríguez contra la empresa Evicar España Comercio V.I., S.A. sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

“Que estimo parcialmente la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por Alejandro García Rodríguez contra Evicar España Comercio de Vehícu­los Industriales, S.A., y condeno a la citada empresa a que abone al actor la cuantía neta de 3.458,92 € de principal y 345,89 € de interés de demora.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto a nombre de esta Oficina Judicial con el núm. 2178 0000 60 0757 12, debiendo indicar en el campo concepto «recurso» seguido del código «34 Social Suplicación», acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo

Ilmo. Sr. José Rafael García de la Calle, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara”.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Evicar España Comercio V.I., S.A., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Guadalajara a veintiuno de junio de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
Visto 352 veces