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Lunes, 27 Junio 2016 09:21

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

1756

PO procedimiento ordinario 104/2016-L Demandante/s: D./D.ª Sonia Olmeda Vaca

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Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

1756

Equipo/usuario: RO1

NIG: 19130 44 4 2016 0000214

Modelo: 074100

PO procedimiento ordinario 104/2016-L

Procedimiento origen:

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Sonia Olmeda Vaca

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª ASCIL H-8 SL, COMPLEJO ALCOLEA SL, FOGASA

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

EDICTO

D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Guadalajara,

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D./D.ª Sonia Olmeda Vaca, contra ASCIL H-8 SL, COMPLEJO ALCOLEA SL, FOGASA, en reclamación por cantidad, registrado con el n.º procedimiento ordinario 104/2016-L se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el ar­tícu­lo 59 de la LJS, citar a ASCIL H-S SL, COMPLEJO ALCOLEA SL, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en este Juzgado el día 28 de octubre de 2016, a las 10:40 horas, en Avda. del Ejército, 12 - Sala 1, para la celebración del acto de conciliación ante el/la Letrado de la Administración de Justicia y, una vez intentada y en caso de no alcanzarse la avenencia, el día 28/10/2016, a las 10:45 horas, en Avda. del Ejército, 12 - Sala 1, para la celebración del acto de juicio ante el/la Magistrado/a; y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandado, como Representante legal de la empresa demandada. Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (art. 309.1 LEC). Sin perjuicio de que, si desea que esa persona sea citada por conducto judicial, así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. A tal efecto, se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (art. 91.2 LPL).

Tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 2, sito en avenida del Ejército n.º 12, 1.ª planta (Edificio de Servi­cios Múltiples), de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a ASCIL H-8 SL, COMPLEJO ALCOLEA SL, en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y Ciudad Real, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Guadalajara a uno de junio de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia.

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