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Lunes, 30 Septiembre 2013 00:00

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

4359

Aprobadas las matrículas de contribuyentes relativas a la tasa por prestación del servicio mercado de abastos, correspondientes a los meses de julio y agosto del ejercicio 2013, quedan expuestas al público en las oficinas de este Excmo. Ayuntamiento a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Economía y Hacienda

 

4359

SECCIÓN PRIMERA RENTAS

EDICTO

Aprobadas las matrículas de contribuyentes relativas a la tasa por prestación del servicio mercado de abastos, correspondientes a los meses de julio y agosto del ejercicio 2013, quedan expuestas al público en las oficinas de este Excmo. Ayuntamiento a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

La exposición al público de las matrículas producirá los efectos de notificación de las liquidaciones contenidas en las mismas, a los fines de la notificación colectiva prevista en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, pudiéndose interponer, contra dichos actos, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la finalización del periodo voluntario de pago.

Periodo de pago:

Pago en periodo voluntario: En aplicación del artículo 62.3 del citado texto legal, queda fijado el siguiente plazo de ingreso en período voluntario de la tasa por prestación del mercado de abastos, correspondiente a los meses de julio y agosto del 2013.

Del 4 de octubre de 2013 al 5 de diciembre de 2013.

HORARIO DE INGRESO: De 9 horas a 14 horas, de lunes a viernes.

Pago en periodo ejecutivo: Transcurridos los plazos anteriormente señalados, las deudas no satisfechas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. No obstante, este recargo será del 5% una vez vencido el periodo en voluntaria hasta la notificación de la providencia de apremio y se cobrará el recargo de apremio reducido del 10% desde la notificación de la providencia de apremio hasta la finalización del plazo del artículo 62.5 de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.

Se recuerda la posibilidad y conveniencia de utilizar la modalidad de domiciliación bancaria.

Lugar de pago:

El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal de las entidades colaboradoras que a continuación se relacionan, en el horario de atención al público que cada entidad tenga establecido, acompañando el juego de impresos que recibirán a tal fin en su domicilio.

Entidades colaboradoras:

Ibercaja Banco SAU - Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria SAU - Banco de Castilla-La Mancha SA - Bankia SA - Caixabank SA - Novagalicia Banco - Caja Rural Castilla-La Mancha - BBVA - Banco Santander y Banco Gallego.

Duplicados:

Los contribuyentes que no reciban los documentos de cobro pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas de la entidad gestora Ibercaja para solicitarlos.

Guadalajara, 26 de septiembre de 2013.– El Concejal Delegado de Hacienda, Alfonso Esteban Señor.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Guadalajara
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