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Lunes, 13 Enero 2014 12:13

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

5978

Materia: Despido Demandante: D./D.ª Traian Cristea Cristea

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Juzgado de lo Social número siete de Madrid

 

5978

NIG: 28.079.00.4-2013/0031829

Procedimiento Despidos/ Ceses en general 602/2013

Materia: Despido

Demandante: D./D.ª Traian Cristea Cristea

Demandado: D./D.ª David Eusebio Vega

DILIGENCIA.- En Madrid a dieciocho de diciembre de dos mil trece

La extiendo yo, el/la Secretario judicial, para hacer constar que, intentada la citación a D./D.ª David Eusebio Vega por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al Boletin Oficial de la Provincia de Guadalajara. Doy fe.

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ÓRGANO QUE ORDENA CITAR.

Juzgado de lo Social N.º 7 de Madrid.

ASUNTO EN QUE SE ACUERDA.

Juicio N.º 602/2013 promovido por D./D.ª Traian Cristea Cristea

SOBRE Despido.

PERSONA QUE SE CITA.

D. David Eusebio Vega, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

OBJETO DE LA CITACIÓN.

Asistir al/a los acto/s de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado por D. Traian Cristea Cristea sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinente.

LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER.

En la sede de este Juzgado, sito en c/ Princesa, 3, 28008, el día 02/04/2014, a las 09:20 horas.

ADVERTENCIAS LEGALES

1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (art. 83.3 LJS).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (art. 59 LJS).

2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (art. 82.2 LJS).

3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado Social colegiado, debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (art. 21.2 LJS).

4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (ar­tícu­lo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el ar­tícu­lo 91 de la LJS).

5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid a dieciocho de diciembre de dos mil trece.– El/La Secretario Judicial, María Belén Gómez Rodríguez.

Información adicional

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