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Lunes, 13 Enero 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

5967

Estando tramitándose expediente para la elección de Juez de Paz sustituto, visto el informe de Secretaría, remitiéndose al procedimiento regulado en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 5 y siguientes del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, aprobado por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 (BOE de 13 de julio).

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Ayuntamiento de Terzaga

 

5967

Edicto

Estando tramitándose expediente para la elección de Juez de Paz sustituto, visto el informe de Secretaría, remitiéndose al procedimiento regulado en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 5 y siguientes del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, aprobado por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995 (BOE de 13 de julio).

RESUELVO:

Aprobar la convocatoria pública para cubrir la vacante de Juez de Paz susituto de este municipio, que se ajustará a las siguientes bases:

PRIMERA.- Quienes estén interesados en el cargo, que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentarán en la Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a la que acompañarán los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

• Que carece de antecedentes penales.

• Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

• Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

• Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

• Que no está incurso en ninguna causa de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.

SEGUNDA.- La presente convocatoria se hará pública emdiante edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncios de este Ayuntamiento, tablón de anuncios del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Molina de Aragón y tablón de anuncios del Juzgado de Paz de esta localidad.

TERCERA.- Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán a la consideración del Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para que elija, con el cuórum de la mayoría absoluta legalmente establecida, a la persona idónea de entre las interesadas.

En Terzaga a 12 de diciembre de 2013.– La Alcaldesa, María Elena Sanz Sanz.

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  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Terzaga
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