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Lunes, 27 Enero 2014 09:07

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

145

Procedimiento ordinario 1218/2012-R Demandante: D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción I

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

145

NIG: 19130 44 4 2013 0102551

N28150

Procedimiento ordinario 1218/2012-R

Procedimiento origen:

Sobre ordinario

Demandante: D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción I

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado: D./D.ª Torre Maqueda Antonio

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ordinario 1218/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción I contra la empresa Torre Maqueda Antonio, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SEGUN COPIA ADJUNTA DEL FALLO DE LA SENTENCIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a Torre Maqueda Antonio, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veinte de diciembre de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial.

FALLO

Estimo la demanda de Fundación Laboral de la Construcción, en reclamación de cantidad, en concepto de cuota empresarial, y condeno a la empresa empresa D. Antonio Torre Maqueda, a que abone a la demandante la cantidad de 36,29 euros, suma que comprende el 20% de mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer ningún Recurso ordinario (ar­tícu­lo 191.2 g) L. 36/2011 de la Jurisdicción Social), declarándose firme.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Publicada la anterior sentencia en el día de su fecha por el Juez D. Julio César de la Peña Muñoz en audiencia pública, de lo que yo la Secretario, doy fe.

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  • Municipios: Guadalajara
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