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Lunes, 03 Marzo 2014 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

636

Modificación de medidas supuesto contencioso 332/2013Demandante: D./D.ª Arturo Sevillano Cuevas

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Juzgado de Primera Instancia número uno de Guadalajara

 

636

N28040

Negociado: M

NIG: 19130 42 1 2013 0001801

Modificación de medidas supuesto contencioso 332/2013

Procedimiento origen: Modificación de medidas supuesto contencioso 152/2013

Sobre otras materias

Demandante: D./D.ª Arturo Sevillano Cuevas

Procurador/a: Sr./Sra. María José Rodríguez Jiménez

Abogado/a: Sr./Sra.

Demandado: D./D.ª María José Salvador Cuevas

Procurador/a: Sr./Sra.

Abogado/a: Sr./Sra.

Edicto

D.ª Carmen Casado Navarro, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Guadalajara, por el presente,

ANUNCIO

En el presente procedimiento seguido a instancia de Arturo Sevillano Cuevas frente a María José Salvador Cuevas se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia NUM. 27/2014

En Guadalajara a 6 de febrero de 2014.

Vistos por D. Manuel Buceta Miller, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de este partido, los autos del procedimiento de modificación de medidas registrados con el número 332/13, promovidos por D. Arturo Sevillano Cuevas, representado por el Procurador Sra. Rodríguez Jiménez y asistido del letrado Sr. Juan González Peraba Miralles, contra Dña. María José Salvador Cuevas, en situación procesal de rebeldía, siendo parte el Ministerio Fiscal, y con base en los siguientes;

FALLO

Estimando parcialmente la demanda promovida D. Arturo Sevillano Cuevas, representado por el Procurador Sra. Rodríguez Jiménez y asistido del letrado Sr. Juan González Peraba Miralles, contra Dña. María José Salvador Cuevas, en situación procesal de rebeldía, debo modificar y modifico las medidas acordadas en la sentencia de juicio verbal de 7 de mayo de 2010 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 76 de Madrid en los autos de n.º 709/09, en el sentido de fijar la pensión de alimentos por cada uno de los hijos en la cantidad de 135 euros mensuales, manteniendo en el resto la totalidad de las medidas personales y patrimoniales fijadas en la resolución antes dicha.

No se hace especial pronunciamiento sobre costas.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que, contra la presente sentencia, cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Guadalajara en el plazo de veinte días desde su notificación, haciéndose saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, será requisito necesario para recurrir la presente resolución la previa consignación de depósito en la “cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, lo que deberá acreditarse en esta Secretaría para su oportuna verificación y constancia en los presentes autos.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, María José Salvador Cuevas, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Guadalajara a diez de febrero de dos mil catorce.– La Secretaria Judicial, rubricado.

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