Ayuntamiento de El Casar
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Edicto
Atendiendo que no se ha podido practicar la notificación de la Resolución de Alcaldía al titular del vehículo presumiblemente abandonado en la vía pública, de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4), 59.5) y 59.6) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con el presente edicto se notifica al titular del vehículo el contenido de la resolución de fecha 17 de marzo de 2014:
“Localizado un vehículo marca y modelo Renault Laguna con número de matrícula M-9834-XD en la vía pública y del cual consta como titular en los datos de la Dirección General de Tráfico D. Johnier Alexander Palacio Sánchez con NIE X4187905L, que presentaba signos que hacían presumible su abandono, trascurrido el período de un mes, y habiéndose realizado los trámites pertinentes, fue trasladado al depósito municipal.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Con fecha 23 de marzo de 2013, fue presentado acta n.º 113/13 por parte de los servicios municipales de Policía Local sobre el traslado de vehículo por razón de seguridad ciudadana por el posible abandono del vehículo marca y modelo Renault Laguna con número de matrícula M-9834-XD, estacionado en el aparcamiento de la calle Maestros del Casar, de esta localidad.
SEGUNDO. Se requiere al titular (Johnier Alexander Palacio Sánchez, con NIE X4187905L) para que proceda a la retirada del vehículo del lugar estacionado, notificando el decreto de traslado del vehículo al depósito municipal, a través de edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de El Casar y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara con fecha 5 de junio de 2013.
Realizadas las comprobaciones necesarias y habiendo transcurrido el plazo de un mes, el vehículo sigue estacionado en el depósito municipal.
De conformidad con los artículos 21 y 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en concordancia con el artículo 12.5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
DISPONGO
PRIMERO. Requerir al titular mediante edictos, dado que no es posible su localización en la dirección que figura en los datos de la Jefatura Provincial de Tráfico, para que, en el plazo de quince días, proceda a retirar el vehículo del depósito municipal, previo pago de las tasas y la sanción correspondiente.
SEGUNDO. Si el titular, en el plazo de quince días, no se persona o no retira el vehículo del lugar de estacionamiento, declarar como residuo sólido urbano el vehículo marca y modelo Renault Laguna con número de matrícula M-9834-XD e iniciar el correspondiente procedimiento sancionador.
TERCERO. Notificar al titular que ha sido declarado residuo sólido urbano y que se va a proceder a su tratamiento como tal, incoándose el correspondiente procedimiento sancionador.
CUARTO. Entregar el vehículo a un centro autorizado de tratamiento para su descontaminación o en una instalación de recepción, instando al centro para que proceda de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre Gestión de Vehículos al Final de su Vida Útil, y el artículo segundo de la Orden INT/624/2008, de 26 de febrero, por la que se regula la Baja Electrónica de los Vehículos Descontaminados al Final de su Vida, emita:
- Certificado de destrucción.
- Tramite baja electrónica definitiva del vehículo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Pablo Sanz Pérez, en El Casar a 17 de marzo de 2014; de lo que, como Secretario, doy fe.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de El Casar, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En El Casar a 18 de marzo de 2014.– El Alcalde, Pablo Sanz Pérez.
