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Lunes, 10 Marzo 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

778

Edicto del Ayuntamiento de Fontanar (Guadalajara) sobre baja por inclusión indebida en el padrón de habitantes de doña M.ª Pilar Giraldo Llanos, Juan José López Giraldo y Manuela López Giraldo.

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Ayuntamiento de Fontanar

 

778

Edicto del Ayuntamiento de Fontanar (Guadalajara) sobre baja por inclusión indebida en el padrón de habitantes de doña M.ª Pilar Giraldo Llanos, Juan José López Giraldo y Manuela López Giraldo.

Edicto

Intentada notificación sin efecto a las interesadas en el domicilio c/ El Pinar, 3, de Fontanar (Guadalajara), se procede a la notificación mediante edicto prevista en la resolución conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a Ayuntamientos, sobre gestión y revisión del padrón, de 9 de abril de 1997, y de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se publica la notificación íntegra:

Inicio de la transcripción

Antecedentes y fundamentos de derecho

I.- Vista la solicitud con fecha de registro de entrada 25 de noviembre de 2013, formulada por doña Elena Almazán González, propietaria de la vivienda sita en calle El Pinar, 3, en la que se pone de manifiesto que doña M.ª Pilar Giraldo Llanos, Juan José López Giraldo y Manuela López Giraldo, vecinos de este municipio, no cumplen con los requisitos mínimos (residencia habitual), del ar­tícu­lo 54 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

II.- Examinada la documentación que le acompaña y de conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

En virtud de lo expuesto,

Dispongo

“Primero. Iniciar expediente de baja de oficio por la inscripción indebida de doña M.ª Pilar Giraldo Llanos, Juan José López Giraldo y Manuela López Giraldo en el padrón municipal de este Ayuntamiento.

Segundo. Dar audiencia a doña M.ª Pilar Giraldo Llanos, Juan José López Giraldo y Manuela López Giraldo por plazo de quince días, para que presente las alegaciones y documentos que estimen pertinentes. En caso de no recibir contestación en el citado plazo, se dará la baja de oficio.”

Fin de la transcripción

En Fontanar a 27 de febrero de 2014.– La Alcaldesa, M.ª Luisa Nuero Beato.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Fontanar
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