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Miércoles, 11 Junio 2014 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2219

Procedimiento ordinario 957/2013Demandante/s: D./D.ª Renzo Montoya Colonna

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

2219

NIG: 19130 44 4 2014 0100467

N28150

Procedimiento ordinario 957/2013

Procedimiento origen:

Sobre ordinario

Demandante/s: D./D.ª Renzo Montoya Colonna

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Guadalamar Restauración, S.L.

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento ordinario 957/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Renzo Montoya Colonna contra la empresa Guadalamar Restauración, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Guadalamar Restauración, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veintidós de mayo de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.

En Guadalajara a veintidós de mayo de dos mil catorce.

Visto que ha sido devuelta la carta enviada a la empresa y constando en este Juzgado que la misma se encuentra desaparecida del domicilio, cítese para el día diecisiete de junio de 2014, a las 9:00 horas, la conciliación y, a las 9:15 horas, el juicio, por medio de edictos que se publicarán en el Boletín de la Provincia de Guadalajara.

Asimismo, se emplace al Fondo de Garantía Salarial para la audiencia arriba indicada, dándole traslado de demanda.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.”

El/La Secretario/a Judicial.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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