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Viernes, 11 Julio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2485

Que contra el acuerdo plenario adoptado el día 12 de marzo de 2014 por el que se efectuó la aprobación provisional del presupuesto general para el ejercicio de 2014 no se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 169.1 del Texto Refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

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Ayuntamiento de Brihuega

 

2485

Edicto

D.ª Adela de la Torre de Lope, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Brihuega.

HAGO SABER:

Que contra el acuerdo plenario adoptado el día 12 de marzo de 2014 por el que se efectuó la aprobación provisional del presupuesto general para el ejercicio de 2014 no se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 169.1 del Texto Refundido de la Ley, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

El desglose por capítulos es el siguiente:

CAP.

DENOMINACIÓN

CANTIDAD

I.

Impuestos directos

1.797.506,02 €

II

Impuestos indirectos

48.556,00 €

III

Tasas y otros ingresos

500.438,91 €

IV

Transferencias corrientes

967.313,99 €

V

Ingresos patrimoniales

33.956,70 €

VII

Transferencias de capital

130.000,00 €

 

TOTAL INGRESOS

3.477.771,62 €

     

Estado de gastos

CAP.

DENOMINACIÓN

CANTIDAD

I

Gastos de personal

704.611,10 €

II

Gastos en bienes corrientes y servi­cios

1.033.692,72 €

III

Gastos financieros

12.810,88 €

IV

Transferencias corrientes

251.459,00 €

VI

Inversiones reales

1.347.857,06 €

VII

Transferencias de capital

6.010,12 €

VIII

Activos financieros

0,00 €

IX

Pasivos financieros

121.330,74 €

 

TOTAL GASTOS

3.477.771,62 €

La presente publicación se realiza en cumplimiento de lo prevenido en los ar­tícu­los 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el número 1 del ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Brihuega a 25 de junio de 2014.– La Alcaldesa, Adela de la Torre de Lope.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Brihuega
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