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Miércoles, 16 Julio 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2547

De conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado en su domicilio, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se procede a notificar a doña Micaela Salinas La Cruz, mediante el presente Edicto, la Resolución de la Alcaldía n.º 103/2014, de fecha 29 de mayo de 2014, del tenor literal siguiente:

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Ayuntamiento de Cifuentes

 

2547

Edicto

De conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado la notificación al interesado en su domicilio, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se procede a notificar a doña Micaela Salinas La Cruz, mediante el presente Edicto, la Resolución de la Alcaldía n.º 103/2014, de fecha 29 de mayo de 2014, del tenor literal siguiente:

“Vista la comunicación del INE de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente inscritos en el Padrón municipal de Cifuentes.

Resultando que, con fecha 16 de febrero de 2011, expiró el plazo para la renovación de las inscripciones padronales anteriores al 22 de diciembre de 2003, sin que por parte de doña Micaela Salinas la Cruz se haya procedido a su renovación, dentro del plazo de dos años fijado legalmente.

Considerando lo dispuesto en el ar­tícu­lo 3.Uno de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma, entre otras, de la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social y de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Considerando la Resolución de 28 de abril de 2005, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años (BOE n.º 128, de 30 de mayo, publicada mediante resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia de 26 de mayo de 2005).

Considerando lo dispuesto en los ar­tícu­los 15 a 18 de la Ley 7/1986, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y modificada por la LO 14/2003, y preceptos concordantes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.

Considerando lo establecido en los ar­tícu­los 42 y 92, relativos a la caducidad, y los ar­tícu­los 58 y 59, sobre forma de practicar las notificaciones, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En uso de la competencia atribuida a esta Alcaldía por el ar­tícu­lo 21.1.s) de la Ley 7/1986, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO:

Declarar la caducidad de la inscripción padronal de doña Micaela Salinas la Cruz, acordando la baja de su inscripción en el Padrón de habitantes de Cifuentes, con efectos desde el día de la notificación de la presente resolución al interesado.

Notifíquese al interesado, con los apercibimientos legales oportunos.

Cumplimentados que sean los trámites, comuníquese al INE”.

Contra la resolución que se notifica, que agota la vía administrativa, según dispone el ar­tícu­lo 109.c) de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP y PAC), reformada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara (ar­tícu­lo 8.1 Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses, a contar desde el recibo de la presente notificación, según dispone el ar­tícu­lo 46 LJCA; o bien, potestativamente, Recurso de Reposición, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, conforme a los ar­tícu­los 116 y 117 LRJAP y PAC, sin que puedan simultanearse.

Cifuentes a 26 de junio de 2014.– El Alcalde, José Luis Tenorio Pasamón.

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  • Municipios: Cifuentes
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