Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 12 Agosto 2016 12:20

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

2332

DSP Despido/Ceses en general 0000106/2016-C Demandante/s: D./D.ª Basilio Borreguero Casado

Descargar pdf Anuncio

Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara

 

2332

Equipo/usuario: CH1

NIG: 19130 44 4 2016 0000218

Modelo: N81291

DSP Despido/Ceses en general 0000106/2016-C

Procedimiento origen:

Sobre despido

Demandante/s: D./D.ª Basilio Borreguero Casado

Abogado/a: Manuela Montejo Bombin

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª ECURSA TRAINING, SL, FOGASA

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 106/2016-C de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Basilio Borreguero Casado, contra ECURSA TRAINING, SL sobre despido, se ha dictado Auto de aclaración de sentencia con la siguiente resolución:

«DECIDO.- Subsanar, y complementar la Sentencia 202/2016 de 24 de junio, quedando redactado el fundamento jurídico segundo y el fallo como sigue:

FUNDAMENTO DE DERECHO: “TERCERO.- En cuanto a la indemnización del despido, partiendo de los hechos probados, y en aplicación del Convenio Colectivo de Oficinas y despachos de 7 de noviembre de 2015, conforme al cual el salario procedente asciende a la suma de 1.050,17 euros mensuales, la misma resulta en la suma de 866,50 euros.”

FALLO: “Que estimando como estimo la demanda de despido formulada por D. Basilio Borrguero Casado, frente a ECURSA TRAINING, SL, no comparecida y el FOGASA, debo declarar y declaro la improcedencia del despido y extinguido el contrato de trabajo con efectos de fecha de esta sentencia, con derecho a percibir la indemnización de 866,50 euros y en consecuencia, debo condenar y condeno a la empresa a estar y pasar por esta declaración y al abono de la citada cuantía (…).”

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno en virtud del ar­tícu­lo 215.4.º de la LEC, sin perjuicio del recurso que quepa contra la resolución que se complementa.

Así, lo acuerda, manda y firma D.ª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Juez del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara. Doy fé.»

Y para que sirva de notificación en legal forma a ECURSA TRAINING, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a diecinueve de julio de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Edicto
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 560 veces