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Miércoles, 17 Septiembre 2014 00:00

ADMINISTRACION DE JUSTICIA

3305

Seguridad Social 241/2013Demandante/s: D./D.ª José Ramón Ruiz Claudio

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Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara

 

3305

NIG: 19130 44 4 2013 0101676

N28150

Seguridad Social 241/2013

Procedimiento origen:

Sobre Seguridad Social

Demandante/s: D./D.ª José Ramón Ruiz Claudio

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, ASEPEYO, REPAR Reformas y Proyectos, S.L.

Abogado/a: Serv. Jurídico Seg. Social (provincial),

Procurador:

Graduado/a Social:

Edicto

D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:

Que en el procedimiento Seguridad Social 241/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª José Ramón Ruiz Claudio contra la empresa Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social ASEPEYO, REPAR Reformas y Proyectos, S.L., EVOLTA Gestión de Servi­cios, S.L., IBERMUTUAMUR, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.

Y para que sirva de notificación en legal forma a REPAR. Reformas y Proyectos, S.L., EVOLTA Gestión de Servi­cios, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a veinticinco de julio de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.

NIG: 19130 44 4 2013 0101676

N04250

Seguridad Social 241/2013

Procedimiento origen:

Sobre Seguridad Social

Demandante/s: D./D.ª: José Ramón Ruiz Claudio

Abogado/a:

Procurador:

Graduado/a Social:

Demandado/s: D./D.ª

Abogado/a: Serv. Jurídico Seg. Social(provincial)

Procurador:

Graduado/a Social:

«DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.

En Guadalajara a veinticinco de julio de dos mil catorce.

Visto el anterior escrito presentado por la parte demandante, se tiene por ampliada la demanda a IBERMUTUAMUR y asimismo por subsanada la demanda, acordándose dar traslado a las partes, así como a la nueva demandada de copia de demanda inicial.

Asimismo, se cite a las partes para la audiencia del día siete de octubre de 2014, a las 12:25 horas de su mañana.

Cítese a la empresa REPAR. Reformas y Proyectos, S.L. y EVOLTA Gestión de Servi­cios, S.L., al domicilio de c/ Benito Chavarri n.º 6-2 de Guadalajara y por medio de edictos que se publicarán en el Boletín de la Provincia de Guadalajara.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el ar­tícu­lo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.»

El/La Secretario/a Judicial.

Información adicional

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  • Municipios: Provincia (varios municipios)
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