AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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BDNS: 927287
La Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Guadalajara convoca el Concurso de Videos Cortos y Reels de acuerdo a las siguientes Bases:
1. OBJETIVO
La Concejalía de Juventud convoca el concurso de Videos cortos y reels cuyo objetivo es el de incentivar la creatividad y expresión artística de los jóvenes ofreciendo un espacio para comunicar ideas, emociones y experiencias mediante formatos audiovisuales que utilizados habitualmente, además de promover la participación ciudadana implicando a los jóvenes en la vida de la ciudad, de tal forma que los mismos se sientan parte activa de la comunidad, reconociendo y premiando el talento de aquellos jóvenes con capacidades creativas, comunicativas y artísticas.
2. TEMÁTICA
La temática del video corto o reel será “Descubriendo Guadalajara”. El diseño del video corto o reel deberá ser atractivo, impactante y llamativo, a través del cuál los jóvenes muestren lugares de la ciudad de Guadalajara de interés turístico, cultural, deportivo o de encuentro juvenil, siendo capaz de impactar o llamar la atención de los jóvenes y adolescentes de la ciudad.
3. PARTICIPANTES
3.1. Podrá participar cualquier persona que tenga entre dieciséis y treinta años de edad el año de la correspondiente convocatoria. A estos efectos, se entiende que reúne dicha condición el/la aspirante nacido entre los años 1.996 y 2.010. Los premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva, pudiendo presentar una única propuesta.
3.2. Los participantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006 de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara. Tampoco podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
3.3. Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención, conllevará la autorización del solicitante para que el órgano competente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente este consentimiento, debiendo aportar los certificados pertinentes en los términos previstos en los apartados anteriores.
4. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y TRABAJOS:
4.1. SOLICITUDES. Quienes deseen participar en el concurso deberán presentar la solicitud (MOD-1205) junto a su trabajo audiovisual en formato .mp4 o .mov del siguiente modo:
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PRIMERO.- Presentación MOD-1205 a través de Sede Electrónica (tramitación electrónica) u Oficinas de Asistencia en Materia de Registro del Ayuntamiento de Guadalajara (tramitación presencial) con indicación de los datos del/los participante/s y del video a presentar. Se deberá adjuntar fotocopia del DNI o NIE del/los participante/s y también del representante legal en caso de menores de edad y Anexo I a estas bases debidamente cumplimentado. https://www.guadalajara.es/es/procedimientos/inscripcion-en-los-concursos-del-area-de-infancia-adolescencia-y-juventud-mod-1205.html
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SEGUNDO.- Posteriormente, enviar el archivo audiovisual en formato .mp4 o .mov a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. junto con el número de registro que se genere (RE-11111) en el asunto del correo.
Se podrán consultar las bases y descargar la solicitud en la página web del Ayuntamiento www.guadalajara.es
4.2. TRABAJOS. Podrá presentarse un único video por cada participante en formato .mp4 o .mov al email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Si el archivo adjunto es superior a 20 Mb, tendrá que adjuntarse a través del enlace de descarga en nube para poder acceder a dicho archivo.
El video presentado tendrá que ser una composición original y novedosa sobre lugares, sitios o aspectos similares de la ciudad de Guadalajara.
La responsabilidad sobre el contenido de las composiciones presentadas, el registro de su autoría y las posibles implicaciones legales en caso de denuncias por plagio, recaerá sobre el propio artista inscrito, que se compromete mediante la aceptación de estas bases a garantizar la legítima titularidad de los derechos sobre los archivos presentados.
5. PLAZO
Las solicitudes y los trabajos artísticos se presentarán a través de los medios indicados anteriormente durante el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente a aquél en que aparezca publicada la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
6. JURADO
La selección del ganador y la concesión de premios del concurso se realizará a propuesta de un jurado constituido por 3 representantes del Ayuntamiento de Guadalajara y 3 profesionales de la materia y/o representantes de Consejo de Juventud de la ciudad. Se designará un/a secretario/a del concurso que actuará con voz pero sin voto de entre los representantes del Ayuntamiento.
El jurado hará constar en un acta las propuestas presentadas y las admitidas, así como las rechazadas y el motivo de su exclusión. El acta contendrá los trabajos ganadores y los premios otorgados, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases.
El jurado podrá declarar desierto alguno de los premios en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúne méritos o calidad suficiente para ser premiado.
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL JURADO
El jurado valorará los trabajos presentados conforme a los siguientes criterios:
- Creatividad y originalidad: Capacidad para presentar una idea novedosa, atractiva e innovadora (25%).
- Adecuación al tema: El video responde al objetivo y comunica claramente el mensaje del concurso (20%).
- Impacto y capacidad de captar la atención: El contenido mantiene el interés del espectador desde el inicio hasta el final (20%).
- Calidad técnica: Buena imagen, sonido, iluminación, edición y formato adecuado para redes sociales (15%).
- Narrativa y claridad del mensaje: La historia o mensaje está bien estructurado y resulta fácil de comprender (10%).
- Potencial de difusión: Capacidad del contenido para generar interacción, ser compartido o viralizarse (10%).
8. PREMIOS
Se otorgarán los siguientes premios:
- Primer premio, valorado en 550,00 euros.
- Segundo premio valorado en 300,00 euros.
- Tercer premio valorado en 200,00 euros.
- Cuarto premio valorado en 100,00 euros.
- Quinto premio valorado en 100,00 euros.
- Sexto premio valorado en 100,00 euros.
- Séptimo premio valorado en 100,00 euros.
- Octavo premio valorado en 100,00 euros.
- Noveno premio valorado en 100,00 euros.
- Décimo premio valorado en 100,00 euros.
Los tres videos mejor valorados serán publicados en diferentes medios y RRSS del Ayuntamiento de Guadalajara.
La dotación presupuestaria total se cifra en 1.750,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 3341.48100 “TRANSF.CTES. PREMIOS Y BECAS. INFANCIA, ADOLESCENCIA, JUVENTUD” del vigente Presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara. El premio se concederá en régimen de concurrencia competitiva.
La publicación del fallo del jurado se efectuará en el Tablón de anuncios del Excmo Ayuntamiento de Guadalajara y por cualesquiera otros medios para facilitar su máxima divulgación. En todo caso, se dará publicidad en la página web del Ayuntamiento y en las redes sociales de la Concejalía de Juventud de las personas ganadoras del concurso.
9. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
El autor/s o autora/s conservará la propiedad intelectual de las obras, y cederá a favor del Ayuntamiento de Guadalajara los derechos de reproducción y/o exhibición de las mismas, pudiendo este reproducirlas, publicarlas y divulgarlas total o parcialmente junto con los datos de los autores o autoras.
Esta cesión no dará derecho a retribución adicional al premio, por ningún concepto, dada la finalidad del concurso y de los valores que se pretenden fomentar mediante la publicación de las obras artísticas, que el autor/a comparte. Siempre que se reproduzca una de las obras, se hará constar el nombre de su autor/a.
10. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD
El autor/a responde de la autoría y la originalidad de su obra y del ejercicio pacífico de los derechos que ostenta sobre la misma, manifestando que sobre ellos no tiene contraídos ni contraerá compromisos o gravámenes de ninguna forma que atenten contra los derechos del Ayuntamiento de Guadalajara respondiendo en otro caso de los perjuicios que pudieran derivarse.
11. PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre, los datos personales facilitados por los participantes serán incluidos en un fichero automatizado de la Concejalía de Juventud, con la finalidad exclusiva de gestionar el concurso; su tratamiento se realizará conforme a las disposiciones de la ley vigente en la materia.
Los/as participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos, mediante la remisión de un correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
12. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La inscripción en el concurso implica la aceptación de las bases y las decisiones del jurado. El Ayuntamiento se reserva el derecho a suspender, aplazar o cancelar el concurso si hay causas justificadas, así como a modificar los aspectos que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.
13. RÉGIMEN JURÍDICO
La presente convocatoria se regirá, en lo no previsto en las presentes bases por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887 de 2006, de 21 de julio por el que se aprueba su Reglamento de Desarrollo, en la Ley 39/20015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara y sus organismos autónomos, publicada en el BOP n.º 32 del 14 de marzo de 2016 y en la demás normativa que le resulte de aplicación.
14. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA
La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo tras su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a). de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y el texto íntegro de la misma en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).
15. CONTACTO
Para cualquier aclaración sobre los términos del presente concurso, los participantes se podrán dirigir al Centro Joven del Ayto de Guadalajara (C/ Cádiz 2-4 19005 – Guadalajara) o contactar al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o al teléfono 949247770.
Guadalajara, a 17 de septiembre de 2026. D. Armengol Engonga García.
Concejal Delegado de Juventud
D./Dña. . con D.N.I: de años de edad, residente en con domicilio en . C.P. , teléfono , y dirección de correo electrónico ______________________________.
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD
Primero.- Que me encuentro al corriente de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24 del Reglamento de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.
Segundo.- Que no me hallo dentro de ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que estoy al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Tercero.- Que no tengo pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara.
Cuarta.- Que autorizo a los servicios del área de Juventud del Ayuntamiento de Guadalajara a comprobar los datos anteriormente expresados.
Guadalajara, a............de.......................................2026
