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Viernes, 28 Mayo 2021 08:05

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGEN LA CONTRATACIÓN DE LA PISCINA MUNICIPAL DE PIOZ Y EL BAR TERRAZA ANEXO

1699

Pliego de prescripciones técnicas que rigen la contratación de la piscina municipal de Pioz y el bar terraza anexo
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AYUNTAMIENTO DE PIOZ


1699

El ayuntamiento de Pioz en el desarrollo de las funciones que le han sido asignadas oferta a la población servicios deportivos que contribuyen a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad. Uno de los servicios de mayor acogida por parte de la ciudadanía es el de piscina en temporada de verano. Mediante este servicio se posibilita el desarrollo de actividades programadas, así como la práctica libre de la natación.

Según establece el decreto 72/2017 de 10 de octubre ,por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias en las piscinas de Castilla la Mancha “Las piscinas deberán tener, al menos, un socorrista especialista en salvamento acuático, con la titulación o cualificación adecuada para desarrollar su actividad en instalaciones acuáticas, “

El ayuntamiento no cuenta con los medios personales y materiales necesarios para la ejecución y desarrollo de este servicio por lo que se requiere la contratación de entidades que desarrollen el mismo en el mercado actual

PRIMERO. Objeto del contrato

El presente pliego tiene por objeto describir las condiciones que regirán el contrato de gestión de servicios y explotación de la piscina municipal de Pioz y el bar terraza anexo a la misma. Todas las condiciones contenidas en el mismo serán de obligado cumplimiento para el adjudicatario quedado incorporadas a la oferta presentada con carácter contractual

El contrato que en base a este pliego se realice tendrá por objeto la adjudicación de tales servicios, entre los que se incluye:

  • La recepción y control de acceso a la piscina municipal
  • La limpieza mantenimiento y conservación de la zona de la piscina, de las instalaciones, los vasos la sala de máquinas de la piscina, incluyendo un plan de autocontrol
  • La limpieza de las zonas verdes y arbolado
  • El servicio de socorrismo, salvamento y primeros auxilios
  • El tratamiento de aguas (controles de cloro, agua, etc)  
  • La gestión del bar anexo
  • La oferta de actividades lúdicas y recreativas

Descripción de las instalaciones:

Vasos

Vaso 1

  • Piscina de recreo, vaso rectangular de 30 metros x 15 metros (450 metros cuadrados) una profundidad media de 1,50 metros, perímetro de 110 m y con un volumen de 814 metros cúbicos aproximadamente. Número de ducha 6, con suficiente número de escaleras de acceso al vaso.
  • La zona de andén o de playa del vaso está realizada en suelo no resbaladizo con una anchura de 2 m alrededor del vaso, se encuentra todo el perímetro vallado permitiendo el paso a su interior mediante un acceso de duchas.

Vaso 2

  • Piscina de chapoteo o infantil, vaso circular de 8 m de diámetro, de 50,26 m2 de superficie, perímetro de 25,13 m, una profundidad constante de 0,4 m y un volumen de 20,10 metros cúbicos aproximadamente
  • La zona de andén o de playa del vaso está realizada en suelo no resbaladizo con una anchura de 1,5 metros alrededor del vaso, se encuentra todo su perímetro vallado permitiendo el paso a su interior mediante un acceso de duchas

Aforo

  • Aforo vaso 1:  600 (una persona por metro cuadrado)
  • Aforo vaso 2: 25 (una persona por metro cuadrado)
  • Aforo instalación:  625 (una persona por cada 5 metros cuadrados)

Instalaciones anexas

  • Taquilla
  • Vestuario
  • Botiquín

SEGUNDO. Inicio de gestión y duración del contrato

La firma del contrato supone la puesta a disposición de las instalaciones definidas anteriormente, esta condición será efectiva al día siguiente a la firma del contrato mediante la entrega de la instalación al adjudicatario, quién elabora las normas de uso de las piscinas y la presentará al ayuntamiento de Pioz acordé al decreto 72/2017 de 10 de octubre ,por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias en las piscinas de Castilla la Mancha, en el plazo de quince días desde la adjudicación definitiva

Las normas una vez aprobadas estarán expuestas permanentemente en el acceso a la piscina desde el primer día de inicio de la gestión. Este servicio implica además la compra y reposición del material sanitario, suministros y fungibles para los botiquines de toda la instalación, así como de bombonas de oxígeno y de sus manómetros correspondientes y demás material necesario para tal finalidad.

El personal que desarrolle el servicio, desempeñará sus funciones de acuerdo con lo que establece la normativa actual, el reglamento de uso específico de la instalación, las obligaciones establecidas en este pliego así como las indicaciones que reciban de las personas que actúen como responsables de la instalación. Para el adecuado desarrollo del servicio el personal deberá ejercer sus funciones de manera autónoma con iniciativa y decisión

Dado que la campaña de verano es un servicio que está muy condicionado por las condiciones meteorológicas, la previsión estimada para este servicio se ajustará durante su desarrollo cuando esto se estime conveniente.

En todo caso la prestación del servicio se realizará, garantizando un nivel de calidad adecuado, así como respetando y transmitiendo la misión y los objetivos generales del ayuntamiento

La duración del contrato será de dos temporadas, pudiendo prorrogarse por el ayuntamiento por dos temporadas más

TERCERO. Canon

El tipo mínimo de Canon global a satisfacer por el adjudicatario al ayuntamiento de Pioz asciende a la cantidad de 1000 € por 2 años

Forma de pago el importe anual 500 € se pagará

El 50% en junio

El 50% en septiembre

El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 2000 € teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo

CUARTO. Relaciones del concesionario con el Ayuntamiento, Seguros de Responsabilidad y Accidentes

1. De carácter general

El ayuntamiento únicamente asumirá los compromisos y obligaciones expresamente recogidos en el presente pliego de prescripciones técnicas, los contenidos en la proposición objeto de adjudicación y los que vengan establecidos en la legislación aplicable, otorgándose la concesión a riesgo y ventura del concesionario y salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros

El concesionario y el personal asignado por el mismo a la prestación del servicio, por el mero hecho de serlo, no adquirirá relación funcionarial, ni laboral con el ayuntamiento ni ostentará derecho adquirido alguno a alcanzar tal situación ,por virtud del ejercicio de las funciones propias de la concesión,

2. Responsabilidad del concesionario

El concesionario tendrá responsabilidad directa frente al ayuntamiento y frente a terceros por los daños y perjuicios que se les ocasionen como consecuencia del funcionamiento normal o anormal del servicio

Para cubrir la responsabilidad civil, así como accidentes deberá suscribir las pólizas correspondientes de conformidad con las siguientes estipulaciones:

POLIZA DE RESPONSABILIDA CIVIL

  • Responsabilidad Civil Explotación:        601.012 euros
  • Responsabilidad Civil Patronal               601.012 euros
  • Sublímite por victima                              90.152 euros
  • Responsabilidad Civil Locativa  [AP1]      601.012 euros

Debido a que en los servicios que debe prestar el licitador comprenden la explotación de un bar, la póliza de responsabilidad civil debe presentar la siguiente garantía

  • Responsabilidad civil de producto          601.012 euros

POLIZA COLECTIVA DE ACCIDENTES PARA LOS USUARIOS

  • Muerte                              24.000 euros
  • Invalidez                           24.000 euros
  • Asistencia sanitaria           6.000 euros

Este seguro tiene carácter independiente respecto a aquellos otros seguros que deberá suscribir el concesionario para garantizar posibles daños que los equipos materiales adscritos al servicio pudieran ocasionar

3. Posición del Concesionario

a) Obligaciones:

- Mantetenimiento, limpieza y conservación de todas las instalaciones y dependencias de forma continuada durante la duración del contrato

- Dotación del material auxiliar necesario para el buen funcionamiento de la piscina.

- Los consumibles y materiales de limpieza y tratamiento de aguas

- Elementos sanitarios y de seguridad

- Los de todo el personal que preste sus servicios en las piscinas

- Fuera del periodo estival o de baños el concesionario será el responsable de la conservación y mantenimiento de la instalación para tenerlas en buen estado para el año siguiente

b) Derechos:

- Explotación económica de las instalaciones objeto de la concesión

- Utilizar los bienes de dominio público necesarios para la prestación o funcionamiento del servicio previa autorización municipal

- Recibir colaboración municipal, en el ámbito de sus competencias, en todos aquellos impedimentos que se presenten en la concesión del servicio

3. Posición del Ayuntamiento

a) Obligaciones:

- Garantizar la prestación del servicio al concesionario

- Control y corrección de los elementos de la instalación antes de que tome posesión el adjudicatario para tenerla en perfecto estado

b) Facultades de Ayuntamiento:

- Establecer, previa audiencia del concesionario, las modificaciones que aconseje el interés público en orden a la prestación del servicio. Fiscalizar la gestión del concesionario, a cuyo efecto podrá inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones, locales y la documentación relacionada con el objeto de la concesión y dictar las órdenes pertinentes para mantener o restablecer la debida prestación

- Asumir temporalmente la ejecución directa del servicio en los casos que no lo prestara o no lo pudiera prestar el concesionario, por circunstancias imputables o no a el mismo

- Rescatar la concesión, suprimir el servicio, previa la indemnización que por ello se pudiese derivar, declarar la caducidad de la concesión y disponer el secuestro en las circunstancias legalmente establecidas

QUINTO. Temporada de baños y Horarios

Las temporadas objeto del contrato serán las siguientes:

Dos temporadas desde Junio a Septiembre de los años 2021 y 2022, pudiendo ampliarse por Decreto de Alcaldía si las condiciones meteorológicas así lo permiten

El concesionario abrirá las instalaciones al público durante la vigencia de este contrato todos los días de la semana , con un horario mínimo de 12 de la mañana a 8 de la noche,  este horario podrá ampliarse por resolución de alcaldía, a petición del adjudicatario.

Necesariamente la empresa adjudicataria deberá tener el servicio en perfecta disposición de uso antes de la apertura de las instalaciones al público, así como dejar las instalaciones en las debidas condiciones de seguridad y mantenimiento una vez se realice el cierre de las mismas según el horario establecido

Durante el horario de apertura al público el concesionario deberá realizar las siguientes actividades:

  • Vigilancia constante del recinto y de la zona del vaso de la piscina
  • Velar que el comportamiento de los bañistas se ajuste al cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y al reglamento de la instalación
  • Socorrismo y primeros auxilios. Avisar inmediatamente a los servicios de urgencias sanitarios ante cualquier síntoma normal o indicativo de patología que detecten en un usuario
  • Responsabilizarse del botiquín, así como estricto control e inventario del mismo. Los medicamentos estarán dispuestos de forma ordenada y de acuerdo con las condiciones de conservación más adecuadas, se vigilará su caducidad y serán repuestos inmediatamente
  • Acondicionar en todo momento la instalación para la prestación de las diferentes actividades
  • Limpieza y conservación del material e instalaciones existentes en los vasos, así como el control limpieza y mantenimiento de las dependencias habilitadas para su almacenaje
  • Repaso y corrección de las líneas de alimentación de agua
  • Control de las señalizaciones obligatorias en los vasos
  • Será obligatorio en reciclaje mediante depuración del agua, no permitiéndose bajo ningún concepto su vaciado, ni aun siendo parcial
  • Cualquier otro que por la naturaleza del servicio concedido deba realizarse para la adecuada prestación del mismo

SEXTO. Vigilancia

El ayuntamiento como titular de las instalaciones vigilara el correcto cumplimiento de las normas establecidas en el presente pliego y la correcta marcha de la gestión y explotación de la piscina y del bar

La concesión está sujeta a la inspección continua y permanente por parte del ayuntamiento de Pioz, asimismo el ayuntamiento podrá inspeccionar en cualquier momento las instalaciones y servicios prestados por el concesionario para evaluar el cumplimiento del contrato

El ayuntamiento dada la consideración de propietario de las instalaciones vigilara el correcto cumplimiento de las normas establecidas en este pliego y la correcta marcha de la explotación de la piscina bar y las instalaciones del recinto

SEPTIMO. Recepción y Control de Accesos a la Piscina Municipal

Corresponde al concesionario permitir la entrada libre al recinto y dependencias a todas las personas que estén provistas de su correspondiente entrada y que cumplan los requisitos exigidos en las normas de funcionamiento establecidas por el ayuntamiento

El control de accesos supone entre otras cosas la recepción y control de acceso a la piscina y sus instalaciones mediante identificación previa y comprobación posterior,

Este servicio será atendido de forma permanente durante el horario de apertura al público y como mínimo por una persona sus funciones serán las siguientes:

  • Atender el control de accesos a la piscina mediante identificación previa y comprobación posterior, velando porque ningún bañista aceda los vasos sin haber pasado previamente por las duchas
  • Ordenar la circulación adecuada de los usuarios por las instalaciones en función de la actividad a la que asistan especialmente por vestuarios ,aseos, taquillas y otras dependencias de uso público
  • Informar al usuario de las normas de régimen interno establecidas, de su ubicación en la entrada y en el interior de las instalaciones y de asegurar en todo momento que el número de usuarios que permanezca en el vaso de la piscina no sea superior al aforo máximo permitido
  • Responsabilizarse de las llaves de toda la instalación, así como de abrir y cerrar
  • Cumplir y hacer cumplir a los usuarios todas las normas de régimen interior, recomendaciones y utilización de las instalaciones
  • Mantener el orden en todo el edificio y cuidar de que cada usuario se ajuste al uso de las instalaciones y a los horarios previstos
  • Responsabilizarse del estado de los equipos de uso propio del centro que se prestan a los usuarios controlando su utilización y devolución
  •  Responsabilizarse del uso de las taquillas y demás elementos de guardarropa (cambiadores, perchas, etc) por parte de los usuarios, así como de la recogida y control de vestuarios
  • Encargarse de la distribución y venta de entradas a los usuarios de las instalaciones
  • La atención al público, recibir reclamaciones, suministrar información sobre el funcionamiento de las instalaciones, cuotas, horario, servicios, cursillos y actividades en general
  • Cumplimentar toda la documentación administrativa que a tal efecto sea exigida por el ayuntamiento de Pioz para el buen funcionamiento de la piscina
  • Todas aquellas funciones que relacionadas con el servicio le fuesen encomendados por el ayuntamiento de Pioz

OCTAVO. Limpieza, mantenimiento y conservación de las instalaciones

Será responsabilidad del concesionario y están incluidas en el alcance de sus prestaciones todas las labores de mantenimiento y conservación de las instalaciones de acuerdo con la normativa de aplicación

El mantenimiento se engloba en los siguientes bloques definidos por el tipo de tarea realizar

A) LABORES DE ARRANQUE Y MANIOBRA

Se llevarán a cabo las tareas precisas para el correcto arranque de las instalaciones con la antelación necesaria para el normal funcionamiento de los espacios deportivos, una vez abierto al uso público conforme al calendario de apertura

De la misma manera se realizarán las maniobras necesarias en cuanto a maquinaria, equipos e instalaciones para el correcto desenvolvimiento en el uso de los espacios deportivos y de ajardinamiento de la instalación

Se actuará siempre con el criterio de mejora del rendimiento de las máquinas y el aprovechamiento de la energía

B) MANTENIMIENTO BÁSICO GENERAL

Se entiende por mantenimiento básico general:

  • Control de los sistemas de climatización del agua caliente sanitaria : instalación geotérmica
  • El concesionario asumirá las reparaciones y mantenimiento de la maquinaria e instalaciones de la piscina derivados por dolo culpa o negligencia apreciados por la administración
  • Tareas que conlleven la conservación del patrimonio de la instalación, es decir en líneas generales supervisión del funcionamiento de todas las instalaciones deportivas realizando un mantenimiento preventivo básico a fin de prever los posibles problemas técnicos
  • Limpieza y mantenimiento de maquinarias y equipamientos
  • Gestión y ejecución de pequeñas reparaciones (electricidad, fontanería, albañilería y pintura) que precisen las instalaciones equipamientos y maquinaria
  • El control y corrección de la calidad sanitaria de las aguas de los vasos se efectuará al menos 2 veces al día ,1 en el momento de la apertura de la piscina y otra en el momento de máxima concurrencia realizando las determinaciones analíticas de los parámetros que definen la calidad sanitaria del agua ,realizando todos los análisis preceptivos y dispondrá de un registro diario donde anotar a los resultados analíticos así como cualquier otra incidencia. Toda esta documentación se recogerá en el libro de registro oficial que será proporcionado en las direcciones territoriales de la Consejería de Medio ambiente. Dicho registro estará a disposición de cualquier autoridad municipal o sanitaria que lo requiera
  • Regado y mantenimiento de las zonas ajardinadas dos veces al día previo a la apertura y después del cierre

Le corresponde el ayuntamiento de Pioz la labor de coordinar y controlar las reparaciones y labores de mantenimiento que sean realizadas por gremios o proveedores externos

C) REGISTROS

  • El contratista deberá de cumplir estrictamente con las condiciones y actuaciones que se deriven del total acatamiento de la legislación vigente respecto de las piscinas de uso público y que se relacionen directamente con el cometido de su servicio con especial incidencia en el estado de salubridad de las aguas y conservación del entorno ambiental
  • Efectuar un mínimo de 2 Tomás diarias sobre el estado del agua de los vasos y anotar en el libro de registro y en la hoja de registro que se expondrá los usuarios .
  • Responsabilizarse y mantener en orden los libros de registro de la instalación con la correspondiente reposición si fuese necesario estando incluido en el precio

D) CONSERVACION DEL AGUA

El contratista realizará en todo caso:

  • Al inicio de cada temporada, vaciado de los vasos, si procede, o tratamiento de choque y desinfección con productos desincrustantes dando imprimación antialgas para evitar la proliferación de las mismas realizando la limpieza y llenado final de los vasos de forma que estén totalmente preparados para el baño con al menos una semana de antelación a la apertura
  • Limpieza y mantenimiento de todos los elementos incluidos en la zona de playa y piscinas (duchas, postes ,escaleras, corcheras etc.)
  • Adecuado mantenimiento y limpieza de los vasos de compensación
  • Limpieza diaria (mediante barredora o robot limpiafondos a cargo de la empresa ) previa a la entrada de los usuarios, de fondos y paredes de los vasos de las piscinas realizándose fuera del horario de uso
  • Limpieza diaria de toda la playa previa a la apertura
  • Atender y mantener con carácter prioritario las instalaciones técnicas sistemas y equipos de.
  1. Tratamiento químico del agua para los vasos de baño : dureza del agua, sólidos en suspensión, regulación del Ph, desinfección, clorificacion, alguicidas etc
  2.  Tratamiento físico del agua para los vasos de baño :prefiltros, bombeo, filtrado, lavados, centrifugados, recalentamiento, dosificaciones de reactivos, desinfección etc
  3.  Desagüe y renovación del agua y saneamiento etc
  4. Instalaciones automatizadas de los sistemas de
  5. Distribución suministro y operatividad de la energía eléctrica
  6. Otras de naturaleza análoga

NOVENO. Servicio de socorrismo y primeros auxilios

Deberá dotarse a las instalaciones del personal necesario debidamente identificado para garantizar en todo momento la seguridad de los usuarios y la vigilancia de las mismas durante todo el tiempo que pertenezca que permanezca abierta al público según marca el

decreto 72/2017 de 10 de octubre ,por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias en las piscinas de Castilla la Mancha

El servicio a prestar incluye además del salvamento y socorrismo, la custodia del botiquín, la realización de curas de urgencia y primeros auxilios y la adopción de cuántas medidas sean necesarias para el cumplimiento de la normativa velando por la seguridad de los usuarios

El material necesario para la prestación de primeros auxilios será como mínimo es el exigido en el Decreto 7/2017 por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias en las piscinas de Castilla la Mancha, será condición previa para iniciar la actividad de prestación al ayuntamiento de Pioz, los documentos oficiales pertinentes que justifiquen la competencia y experiencia del personal adscrito por el concesionario de este servicio

DECIMO. Medios materiales y personal

La empresa concesionaria se dotara de todos los medios materiales y personales necesarios para la realización de los servicios, asimismo dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias de la prestación del contrato y abonara sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales etc ,según lo dispuesto en la legislación vigente y en los convenios colectivos.

En cuanto los socorristas, deberán poseer como mínimo la titulación de técnico en primeros auxilios y en salvamento y socorrismo ,especialidad de salvamento acuático, expedido y actualizado por una entidad reconocida

El concesionario facilitará siempre que sea solicitado por el ayuntamiento los documentos y justificantes oficiales correspondientes a cotizaciones sociales, nóminas seguros de accidentes, mutuas etc, correspondientes al personal adscrito al servicio

El ayuntamiento podrá exigir al contratista que separe del servicio o sancione a cualquier empleado de la contrata que diese motivo para ello, igualmente el ayuntamiento podrá exigir del adjudicatario el cambio de personal que esté utilizando para los trabajos contratados, siempre que haya incorrección por parte del mismo

Será responsabilidad del contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal a lo dispuesto en la legislación social, de salud laboral y convenios colectivos vigentes. El ayuntamiento queda totalmente exento de responsabilidades sobre las relaciones entre el contratista y su personal

El personal que emplee el contratista deberá actuar en todo momento con corrección y consideración frente a los empleados municipales y usuarios, así como estar correctamente uniformado e identificado

De las faltas de aseo, decoro o uniformidad en el vestir, así como de la descortesía, faltas de información ,atención , maltrato que el personal adscrito observe con respecto a los empleados municipales, usuarios o abonados será responsable el contratista adjudicatario

El contratista contará con el personal capacitado necesario para el desempeño de los trabajos objeto de la contrata y asumirá la responsabilidad de las decisiones que deban ser tomadas en la prestación del servicio

El personal del bar deberá estar en posesión de la autorización de manipulación de alimentos, en los casos previstos en la legislación vigente.

UNDECIMO. Reserva de las instalaciones

El ayuntamiento podrá usar las instalaciones objeto del contrato, para la realización de actividades deportivas o sociales promovidas por el mismo  o por otra administración; en este sentido se le comunicara al contratista con la suficiente antelación la reserva concreta de la instalación  para que esté habilite los horarios y servicios correspondientes.

Aprobado por Resolución de Alcaldía nº 310/2021 de 26 de Mayo de 2021.

En Pioz, a 26 de Mayo de 2021. El Alcalde-Presidente. Don Juan Antonio Pendás Zacarías.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Concurso
  • Municipios: Pioz
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