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Viernes, 23 Enero 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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«ASUNTO: INCOACIÓN EXPEDIENTE 08/2014 BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES.

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Ayuntamiento de Alovera

 

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ADMINISTRACION MUNICIPAL

NOTIFICACIÓN EDICTAL

No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede, de conformidad con el ar­tícu­lo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre), a notificar mediante el presente edicto la Resolución de la Alcaldía número 963/2014 de fecha 16 de diciembre, cuyo tenor literal es el siguiente:

«ASUNTO: INCOACIÓN EXPEDIENTE 08/2014 BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL PADRÓN DE HABITANTES.

Con fecha 27 de agosto de 2014 ha tenido entrada en el Ayuntamiento de Alovera, con número de registro 3009, solicitud realizada por doña María Milagros del Rey Calvo, con domicilio en calle Adolfo Centenera, 49, por la que manifiesta que, en su propiedad, sita en la calle La Soledad, 18, portal A, 2.º F, de esta localidad, se encuentran empadronadas las siguientes personas:

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

MARIO MIGUEL AMADOR NICIEZA

03.223.750-R

DAYREL RIVERO YERA

X9535024-Y

Realizada consulta al actual inquilino de la vivienda, manifiesta que no los conoce y que desconoce el lugar de residencia, por lo cual no residen de forma real y efectiva en dicha finca.

En virtud del ar­tícu­lo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja de oficio, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el ar­tícu­lo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia a los interesados.

Visto el informe de comprobación de los hechos, que ha sido emitido por parte de la Policía local, de fecha 14 de diciembre, sº referencia 925/2014, en el que se pone de manifiesto que no cumplen con los requisitos mínimos (residencia habitual), del ar­tícu­lo 54.1 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

RESUELVO

PRIMERO.- Iniciar expediente 08/2014 para proceder a dar de baja por inscripción indebida a las personas arriba indicadas.

SEGUNDO.- Darles audiencia, por plazo de diez días, para que presenten las alegaciones, los documentos o las informaciones que estimen convenientes. En caso de no recibir contestación en el citado plazo, se dará la baja de oficio.

Para que así conste, expido el presente de orden y con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa en Alovera a 16 de diciembre de 2014.»

Lo que se notifica, haciendo saber que el presente acto es de trámite, no siendo definitivo en vía administrativa, y que, a partir de la notificación del presente, queda abierto el trámite de audiencia a los interesados, por plazo de diez días, para que se presenten en las Dependencias de este Ayuntamiento y examinen el expediente, a los efectos de que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen oportunos. Caso de no recibir contestación en el plazo citado, se procederá a dar la baja de oficio.

En Alovera a 15 de diciembre de 2014.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego

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