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Miércoles, 07 Enero 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4838

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 13 de noviembre de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2014 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen:

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Ayuntamiento de Lupiana

 

4838

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 13 de noviembre de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2014 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, de acuerdo con el siguiente resumen:

ESTADO DE GASTOS

ESTADO DE INGRESOS

SUPLEMENTO DE CRÉDITOS

FINANCIACIÓN

APLICACIÓN

DENOMINACIÓN

CUANTÍA €

APLICACIÓN. DENOMINACIÓN

CUANTÍA €

161.212

Saneamiento, abastecimiento y distribución de aguas. Reparaciones, mantenimiento y conservación.

20.000

870. Remanente de tesorería para gastos generales.

20.000

165.221

Alumbrado público. Suministros.

6.000

870.

6.000

321.212

Educación preescolar y primaria. Reparaciones, mantenimiento y conservación.

2.000

870.

2.000

321.221

Educación preescolar y primaria. Suministros.

3.000

870.

3.000

337.222

Ocio y tiempo libre. Suministros.

1.000

870.

1.000

337.222

Ocio y tiempo libre. Gastos diversos.

1.000

870.

1.000

338.226

Fiestas populares y festejos. Gastos diversos.

5.000

870.

5.000

TOTAL EN AUMENTO

38.000

TOTAL EN DISMINUCIÓN

38.000

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Lupiana, 19 de diciembre de 2014.– La Alcaldesa, Blanca del Río Baños.

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