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Lunes, 17 Noviembre 2014 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4136

RESOLUCIÓN n.º 436-S

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Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

 

4136

ADMINISTRACION MUNICIPAL

Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

No habiéndose podido notificar en el último domicilio conocido, se procede, de conformidad con el ar­tícu­lo n.º 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la notificación de la Resolución de la Alcaldía n.º 436-S de fecha 5 de septiembre de 2014.

RESOLUCIÓN n.º 436-S

«Con fecha 22 de julio de 2014 tuvo entrada en el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, con número de registro 10529, solicitud realizada por Cristina Rinconada Fulmaran, DNI n.º 46832694-W, en la que manifiesta que en la Calle Mirador del Vallejo, 3 1º A de este municipio se encuentra empadronado Juan Mario del Castillo Trejo, DNI n.º 53020110-G, el cual no reside de forma real y efectiva en dicha vivienda y solicita la baja en el Padrón de Habitantes de dicha persona.

En virtud del ar­tícu­lo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, el Ayuntamiento dará de baja por inscripción indebida a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el ar­tícu­lo 54 del citado Reglamento, una vez comprobada esta circunstancia en el correspondiente expediente en el que se dará audiencia al interesado.

Tras el informe emitido por la Policía Local que pone de manifiesto el incumplimiento del ar­tícu­lo 54.1 del citado Reglamento.

Por todo ello, la Alcaldía-Presidencía, en uso de sus atribuciones legales, RESUELVE:

Iniciar expediente para proceder a dar de baja por inscripción indebida a Juan Mario del Castillo Trejo, DNI n.º 53020110-G, notificándole para que en el plazo de diez días aporte cuantas alegaciones, documentos o justificaciones estime oportunos, al objeto de acreditar que es en este municipio donde reside de forma real y efectiva».

Contra este acuerdo podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, o contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara [ar­tícu­los 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 14 de enero) y 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE 14 de julio)].

Azuqueca de Henares, 21 de octubre de 2014.– La 1.ª Teniente de Alcalde, Sandra Yagüe Sabido.

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