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Miércoles, 11 Marzo 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento adoptado en sesión el día 24 de septiembre de 2014, por el que se aprueba provisionalmente la modificación del art. 7 del Reglamento de la agrupación de voluntarios de Protección Civil de Villanueva de la Torre, de acuerdo con lo previsto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local se procede a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Ayuntamiento de Villanueva de la Torre

 

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Anuncio APROBACIÓN DEFINITIVA

Elevado a definitivo, por ausencia de reclamaciones el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento adoptado en sesión el día 24 de septiembre de 2014, por el que se aprueba provisionalmente la modificación del art. 7 del Reglamento de la agrupación de voluntarios de Protección Civil de Villanueva de la Torre, de acuerdo con lo previsto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local se procede a su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la modificación del ar­tícu­lo 7 del Reglamento de la agrupación municipal de voluntarios de Protección Civil de Villanueva de la Torre, quedando redactados de la siguiente forma:

Artículo 7.º.

Podrán vincularse a la Agrupación de voluntarios de Protección Civil de Villanueva de la Torre, las personas físicas mayores de 18 años, que no figuren en el Registro Central de Penados y Rebeldes y que disponiendo de tiempo libre, superen las pruebas de aptitud psicofísicas y de conceptos básicos de protección civil. Se integrarán como voluntarios tutelados de Protección Civil las personas físicas de entre 16 y 18 años que residiendo en el municipio cumplan los requisitos exigidos a los voluntarios de pleno derecho, pudiendo actuar únicamente en compañía de un voluntario mayor de edad.

Contra dicho acuerdo y el Reglamento aprobado, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con el ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y el ar­tícu­lo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En Villanueva de la Torre.– La Alcaldesa, Marta Valdenebro Rodríguez.

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