Ayuntamiento de Adobes
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El Pleno del Ayuntamiento de Adobes, en sesión Extraordinaria de fecha 01/04/2015, acordó aprobar expresamente, con carácter definitivo, la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por el Otorgamiento de licencia para la recolección de hongos y setas en terrenos propiedad del Ayuntamiento de Adobes, una vez resueltas las reclamaciones presentadas lo que se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Anexo
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA LA RECOLECCIÓN DE HONGOS Y SETAS EN TERRENOS PROPIEDAD DEL Ayuntamiento DE ADOBES
Se modifica única y exclusivamente el apartado 12 del artículo 8 que queda como sigue:
Art. 8.º Normas generales de recolección.
12. Deberán respetar los aprovechamientos de pastos y caza que se realicen en los terrenos afectados por este acotado, quedando absolutamente prohibido molestar al ganado y las especies cinegéticas. Por todo lo cual no se permitirá entrar en la mancha a cazar ocho días antes de la fecha prevista para la realización de la montería.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Adobes a 14 de abril de 2015.– La Alcaldesa, Juana Jiménez Sánchez.