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Lunes, 08 Junio 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2097

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la ordenanza municipal n.º 7.- De creación de los ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Chiloeches (Guadalajara), cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
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Ayuntamiento de Chiloeches


2097

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la ordenanza municipal n.º 7.- De creación de los ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Chiloeches (Guadalajara), cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

«Se crea el siguiente fichero de carácter personal:

XXXII. Fichero REGISTRO DE INTERESES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.

1. Responsable del fichero.

Administración a la que pertenece:

Administración Local.

Encuadramiento administrativo del órgano:

Ayuntamiento de Chiloeches.

2. Identificación y finalidad del fichero.

Finalidad y usos previstos:

Gestión del registro municipal de intereses de miembros de la Corporación, según lo establecido en el art. 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Tipificación correspondiente a la finalidad y usos previstos:

Inscripción en los Registros de Intereses de carácter público, de las declaraciones que los miembros de la Corporación local están obligados a formular, antes de la toma de posesión y cuando se produzcan variaciones a lo largo del mandato, de sus bienes y de las actividades privadas que les proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos o afecten al ámbito de competencias de la Corporación.

3. Origen y procedencia de los datos:

Origen: El propio interesado o su representante legal; siendo interesados los miembros de la Corporación municipal cesantes y/o miembros proclamados electos por la Junta Electoral.

A través de formularios e instancias debidamente aprobados por el Pleno de la Corporación.

4. Tipos de datos, estructura y organización del fichero:

Datos especialmente protegidos:

• Ideología.

• Afiliación sindical.

• Religión.

• Creencias.

• Origen racial o étnico.

• Salud.

• Vida sexual.

• Datos relativos a la comisión de infracciones.

Datos de la anotación del registro:

• N.º Registro.

• Fecha y hora de registro.

• Oficina.

• Forma de presentación.

Datos relacionados con el documento presentado:

• Tipo de documento.

• Contenido del documento.

Datos de carácter identificativo del interesado:

• Nombre y apellidos o razón social.

• NIF o CIF.

• Dirección.

• Código postal.

• Municipio.

• Provincia.

• Teléfono.

• Móvil.

• Fax.

• Correo electrónico.

Otros tipos de datos:

• Características personales.

• Circunstancias sociales.

• Académicos y profesionales.

• Detalles del empleo.

• Económicos, financieros y de seguros.

5. Sistema de tratamiento: Mixto.

6. Cesiones de datos de carácter personal y en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No se prevén.

7. Encargado del tratamiento:

• Nombre y apellidos o razón social.

• CIF/NIF.

• Dirección postal.

• Localidad.

• Código postal.

• Provincia.

• País.

• Teléfono.

• Fax.

• Correo electrónico.

8. Servi­cio ante el cual el afectado puede ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Ayuntamiento de Chiloeches.

Dirección: c/ Mayor, n.º 18 de Chiloeches (Guadalajara).

9. Medidas de seguridad: Nivel alto.

Disposición final.

La presente modificación de la Ordenanza de los ficheros de datos de carácter personal se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

En Chiloeches a 17 de febrero de 2015.– El Alcalde, César Urrea Miedes.».

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el ar­tícu­lo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Chiloeches a 15 de mayo de 2015.– El Alcalde, César Urrea Miedes.

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