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Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
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Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
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Martes, 17 Febrero 2026 08:02

RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A EXPLOTACIONES DE GANADO VACUNO DE LA PROVINCIA, PARA LA ADQUISICIÓN DE COLLARES FUNCIÓN VALLADO VIRTUAL COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN FRENTE A ATAQUES DE LOBO IBÉRICO, AÑO 2025

427

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE, PROMOCION ECONOMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GENERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO


427

En cumplimiento de lo establecido en la base decimotercera de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la concesión de subvenciones dirigidas a explotaciones de nadado vacuno de la provincia, para la adquisición de collares con función “vallado virtual” como medida de protección frente a ataques de lobo ibérico, año 2025.

“6.- Expediente 5231/2025. Resolución definitiva de la Convocatoria de subvenciones dirigidas a explotaciones de ganado vacuno de la provincia, para la adquisición de collares con función “vallado virtual” como medida de la protección frente a ataques de lobo ibérico, año 2025.

El Sr. Presidente da cuenta de que la Junta de Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de septiembre de 2025, aprobó la convocatoria de subvenciones dirigida a explotaciones de ganado vacuno de la provincia, para la adquisición de collares con función “vallado virtual” como medida de protección frente a ataques de lobo ibérico para el año 2025, la misma fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 179, de 18 de septiembre de 2025.

En sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2025, la Junta de Gobierno acordó la modificación de la convocatoria, dicho acuerdo fue publicado en el B.O.P nº 209 de fecha 31 de octubre de 2025, estableciendo un nuevo plazo de 10 días naturales para la presentación o modificación de solicitudes.

En la Norma tercera de la citada convocatoria, se establece que el crédito destinado a financiar esta convocatoria asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000,00.-€), imputable al presupuesto de gastos del ejercicio 2025, de la Diputación Provincial de Guadalajara, partida 414.77902 del presupuesto vigente.

Examinadas las solicitudes y habiendo requerido a los interesados la subsanación de los defectos observados en la documentación presentada, la Junta de Gobierno aprobó la resolución provisional del procedimiento de concesión de subvenciones el 25 de noviembre de 2025, que fue publicada en el BOP núm. 232 de 3 de diciembre de 2025.

Una vez examinados los informes preceptivos y transcurrido el plazo de 10 días hábiles concedidos para la presentación de alegaciones tras la publicación de la resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia, no se ha recibido ninguna alegación a la misma, no obstante, durante este periodo se ha recibido el desistimiento de continuar con el procedimiento por parte de uno de los solicitantes, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones (aprobada por el Pleno de la Diputación el 21 de febrero de 2025 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara núm. 71, de 11 de abril de 2025).

La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:

PRIMERO.- Conceder con carácter definitivo las siguientes subvenciones, destinadas a sufragar la adquisición de collares con función “vallado virtual” como medida de protección frente a ataques de lobo ibérico, año 2025, que se detallan a continuación:

SOLICITANTE

NIF

Nº COLLARES

PUNTUACIÓN TOTAL

PROPUESTA DE SUBVENCIÓN

OBSERVACIONES

CARLOS VICENTE GARCIA

***5759**

50

20

13.500,00 €

Beneficiario 80%

MARIA DEL PILAR ORTEGA MARQUEZ

***6532**

10

20

2.700,00 €

Beneficiario 80%

GANADO GORDO GARCÍA TCEA (GASCUEÑA)

***5248**

160

17

43.200,00 €

Beneficiario 80%

ALMUDENA DE FRÍAS RECIO

***0804**

90

17

24.300,00 €

Beneficiario 80%

PASCUAL CHICHARRO MESÓN

***9587**

53

17

14.310,00 €

Beneficiario 80%

MARIA DEL MAR MARTIN MUÑOZ

***6590**

115

15

31.050,00 €

Beneficiario 80%

GANADOS FERPI TC

***3133**

270

15

72.900,00 €

Beneficiario 80%

ÓSCAR DE LA TORRE DE FRÍAS

***4975**

90

12

24.300,00 €

Beneficiario 80%

MARIANO MARTÍN E HIJOS, C.B.

***1586**

150

12

40.500,00 €

Beneficiario 80%

JESÚS GORDO SIERRA

***6548**

120

12

32.400,00 €

Beneficiario 80%

ARENAS BRIS, SAT

***1314**

50

12

13.500,00 €

Beneficiario 80%

ROBERTO CAPILLA DE PABLO

***3568**

94

10

25.380,00 €

Beneficiario 80%

JUAN ANTONIO DOMINGO PERUCHA

***0962**

10

10

2.700,00 €

Beneficiario 80%

JAVIER ORTEGA SAN JUAN

***3330**

40

10

10.800,00 €

Beneficiario 80%

SAMUEL CRISTÓBAL ALDA

***3523**

35

5

9.450,00 €

Beneficiario 80%

JOSE ALCORLO GARCIA

***1307**

4

5

1.080,00 €

Beneficiario 80%

ROBERTO LLORENTE DOMINGO

***1043**

120

4

32.400,00 €

Beneficiario 80%

DEMETRIO LLORENTE LLORENTE

***8058**

20

4

5.400,00 €

Beneficiario 80%

TOTAL ............ 399.870,00.-€

CRITERIOS DE ASIGNACIÓN ECONÓMICA SEGÚN IMPORTE DE LA INVERSIÓN PROPUESTA

Nº DE SOLICITUDES

2. 80% de la inversión con máximo 270€/ collar(Norma 5ª de la Convocatoria)

18

TOTAL

18

SEGUNDO.- Desestimar definitivamente las solicitudes que se relacionan a continuación por la motivación que se subraya, de acuerdo con la convocatoria de subvenciones para la adquisición de collares con función “vallado virtual” como medida de protección frente a ataques de lobo ibérico, año 2025.

BENEFICIARIO

NIF

RESULTADO VALORACIÓN

JUAN JULIÁN MUÑOZ MARTÍNEZ

***6441**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

ÓSCAR GARCÍA ESTEBAN

***2069**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

GANADERÍA J. BARRIOPEDRO, S.L.

***3228**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

CIRUECHES, S.A

***0030**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

MONTE DE CUTAMILLA, S.L.

***2557**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

EXPLOTACIONES A. POLO SAIZ, S.L.

***3153**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

JESÚS VICENTE IGLESIAS CASAS

***1779**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

PALOMA VIVAS FERNÁNDEZ

***4661**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

TEODORO TORRUBIANO MARTÍNEZ

***6438**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

CARLOS SOPEÑA LÓPEZ

***5309**

Desestimada Agotado crédito presupuestario (1)

HERMANOS ESTEBAN LLORENTE, C.B.

***0176**

Desiste de su solicitud expresamente (2)

MARTA NAVARRO ESQUER

***7053**

Desiste de su solicitud expresamente (2)

MARÍA DEL CARMEN CRIADO ESPOLIO

***5925**

Desiste de su solicitud. No subsana en plazo.(3)

JENNIFFER LAMPARERO CHACÓN

***1456**

Desiste de su solicitud. No subsana en plazo.(3)

GANADO GORDO GARCÍA TCEA (GALVE SORBE)

***5248**

Segunda explotación (4)

Motivos de desestimación:

MOTIVO DE LA DESESTIMACIÓN

Nº SOLICITUDES DESESTIMADAS

(1). Agotamiento del crédito de la aplicación presupuestaria.

Norma 9ª apartado 4 de la Convocatoria.- " cada una de las solicitudes se ordenarán de mayor a menor de acuerdo con la puntuación obtenida, atendiendo en ese orden las solicitudes hasta agotar el crédito disponible”.

10

(2). Desiste de su solicitud expresamente-.

Art 94.1 y 94.3 de la Ley 39/2015 LPAC “Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. …. .Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable”

2

(3). Desiste de su solicitud. No subsana en plazo.

Norma 10ª de la Convocatoria. - " el órgano instructor comprobará las solicitudes, los datos y documentación presentada, requiriendo a los interesados, en su caso, para que en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, a contar desde la fecha de notificación del requerimiento, se subsanen las faltas en la solicitud o se acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud, archivándose la misma”.

2

(4) segunda explotación.

Norma 4ª apartado 2 de la Convocatoria- “Cada beneficiario podrá obtener subvención para su explotación ganadera total o parcialmente, no obstante, una vez asignadas las ayudas y quedando crédito disponible en la respectiva partida presupuestaria, se podrá obtener subvención para una segunda explotación ganadera siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria”.

1

TOTAL

15

TERCERO.- Dada la demora producida en el proceso de valoración de las solicitudes y la modificación sustancial de la resolución definitiva respecto de la provisional, se han visto afectados los plazos establecidos en la convocatoria relativos al periodo subvencionable y plazo de justificación, y en consecuencia, queda acreditada la imposibilidad técnica de los beneficiarios de solicitar las ampliaciones de plazo previstas en la normativa de aplicación y expresamente en la base decimoséptima de la convocatoria, por todo ello, y a los efectos del correcto cumplimiento en la ejecución y la justificación por parte de los beneficiarios, se acuerda la ampliación de los mismos en los siguientes términos.

  • Periodo subvencionable: de 1 de enero de 2025 a 15 de abril de 2026.
  • Plazo de justificación: dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada, y en cualquier caso hasta el 15 de junio de 2026. Aquellos beneficiarios que hayan realizado las adquisiciones de collares con función “vallado virtual” con anterioridad a la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria, dispondrán de dos meses desde la publicación de la citada resolución para presentar la cuenta justificativa.

CUARTO.- Publicar en el Boletín oficial de la Provincia de Guadalajara la Resolución Definitiva de la Convocatoria de subvenciones dirigidas a explotaciones de ganado vacuno de la provincia, para la adquisición de collares con función “vallado virtual” como medida de protección frente a ataques de lobo ibérico, año 2025.”

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma se puede interponer, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Guadalajara.

No obstante, potestativamente puede interponer recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Guadalajara a 13 de febrero de 2026. El Presidente de la Diputación Provincial D. José Luis Vega Pérez.

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