Ayuntamiento de Torremocha del Campo
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Con el fin de tramitar con una mayor eficacia y celeridad los expedientes de autorización de matrimonios que, a esta Alcaldía-Presidencia, le atribuye el Código Civil, previa instrucción y resolución del correspondiente expediente por el Juzgado competente y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51.1 del Código Civil y 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE de 03/04/85), por DECRETO 27/2015, de 13 de mayo, HE RESUELTO:
PRIMERO: Delegar en D. Octavio Contreras Esteban, Teniente Alcalde de este Ayuntamiento, la competencia que, para autorizar matrimonios, atribuye a esta Alcaldía-Presidencia los artículos 51.1 y siguientes del Código Civil, siempre que, previamente, se haya instruido y resuelto el expediente previsto en el artículo 56 de dicho texto normativo.
SEGUNDO: Notificar la presente resolución al interesado, a fin de que proceda, en su caso, a la aceptación de la referida delegación, que se entenderá tácitamente aceptada si, en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación, no presenta renuncia expresa a la misma.
TERCERO: Sin perjuicio de su aplicación inmediata, dése cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En Torremocha del Campo a 13 de mayo de 2015.– María Paz Pérez Laina.