JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE GUADALAJARA
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Resolución de 9 de enero de 2026, de la Jefatura Provincial de Tráfico de Guadalajara por la que se asume la competencia sancionadora en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por las infracciones cometidas en las vías urbanas de Renera (Guadalajara).
El artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor, y Seguridad Vial, señala que corresponde a los municipios la competencia para la denuncia y sanción de las infracciones que se cometan en sus vías urbanas.
Por su parte el artículo 84.4 de la misma norma dispone en su párrafo primero que, la sanción por infracción a normas de circulación cometidas en vías urbanas, corresponderá a los respectivos Alcaldes, los cuales podrán delegar esta competencia de acuerdo con la normativa aplicable.
El citado artículo en su párrafo tercero establece que, los Jefes Provinciales de Tráfico, asumirán la competencia de los Alcaldes, cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por éstos.
De conformidad con lo señalado, D. Luis Francisco Pérez García, Alcalde de Renera, alega la imposibilidad para tramitar las denuncias por infracciones a las normas de circulación en las vías urbanas de su municipio, por lo que mediante acuerdo del Pleno de 9 de mayo de 2025, ha solicitado que esta Jefatura de Tráfico asuma su competencia sancionadora.
En consecuencia y a la vista de lo anterior,
RESUELVO:
Asumir la competencia para sancionar las infracciones de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial cometidas en las vías urbanas del municipio de Renera.
La asunción de esta competencia sancionadora tendrá carácter temporal indefinido, mientras se den las circunstancias que la originaron.
En Guadalajara, 9 de enero de 2026, el Jefe Provincial de Tráfico de Guadalajara, Francisco Lucas García.
