AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza reguladora del Precio Público Por La Prestación de Servicios, Utilización De Instalaciones y Realización De Actividades Deportivas, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
«El Pleno del Ayuntamiento en su sesión celebrada el 8 de octubre de 2025 adoptó el acuerdo que en su parte dispositiva tiene el tenor literal siguiente:
PRIMERO. Modificar el Artículo 6.2 de la Ordenanza reguladora del precio público por prestación de servicios, utilización de instalaciones y realización de actividades deportivas, relativo a las bonificaciones, para introducir la siguiente:
«C) Bonificación paquete familiar.
Podrán beneficiarse de este paquete todas las unidades familiares legalmente constituidas que convivan en el mismo domicilio, todos los miembros con Tarjeta Deportiva Municipal, previa presentación del volante de empadronamiento familiar, que estén matriculados en más de dos actividades del programa deportivo.
Se aplicará una reducción de 4 € por trimestre en cada una de las cuotas de las actividades de cada participante.
El pago deberá efectuarse en ese mismo momento y de manera única.
Esta bonificación no será compatible con pagos mensuales, anuales ni con otras bonificaciones”.
SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad [https://chiloeches.sedelectronica.es/] »
Texto íntegro de la norma con carácter reglamentario aprobada:
Artículo 6.2 Bonificaciones
«C) Bonificación paquete familiar.
Podrán beneficiarse de este paquete todas las unidades familiares legalmente constituidas que convivan en el mismo domicilio, todos los miembros con Tarjeta Deportiva Municipal, previa presentación del volante de empadronamiento familiar, que estén matriculados en más de dos
actividades del programa deportivo.
Se aplicará una reducción de 4 € por trimestre en cada una de las cuotas de las actividades de cada participante.
El pago deberá efectuarse en ese mismo momento y de manera única.
Esta bonificación no será compatible con pagos mensuales, anuales ni con otras bonificaciones.»
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del día siguiente a su publicación, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Chiloeches, a 21 de noviembre de 2025. El Alcalde, Fdo.: Marcos Cascajero Cascajero
