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Martes, 18 Noviembre 2025 08:11

MODIFICACION PRESUPUESTARIA 1 - 2025 DE SUPLEMENTOS DE CREDITOS FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERIA

3417

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AYUNTAMIENTO DE ALMONACID DE ZORITA


3417

El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Extraordinaria 4/2025 del Pleno de fecha 29 de Septiembre de 2025 acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior.

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Alta/Suplemento en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modificaciones de Crédito 1/2025

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

151

22706

Servicios públicos básicos . Seguridad y movilidad ciudadana. Urbanismo : planeamiento , gestión , ejecución y disciplina urbanística. Estudios y trabajos técnicos

84.136 euros

43.000 euros

127.136,00 euros

323

22799

Educación. Educación.Funcionamiento de centros docentes de enseñanza preescolar y primaria y educación especial. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

46.000 euros

4.500 euros

50.500,00 euros

338

22799

Fiestas populares y festejos. Otros trabajos realizados por empresas y profesionales.

229.700 euros

45.000 euros

274.700,00 euros

342

21000

Deporte. Instalaciones deportivas. Reparaciones, mantenimiento y conservación. Infraestructuras y bienes naturales

10.000 euros

6.000 euros

16.000,00 euros

342

21200

Deporte. Instalaciones deportivas. Deporte. Instalaciones deportivas. Edificios y otras construcciones

7.000 euros

4.000 euros

11.000,00 euros

342

22199

Deporte. Instalaciones deportivas. Otros suministros

15.000 euros

4.000 euros

19.000,00 euros

342

61900

Deporte. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

106.873,38 euros.

59.000 euros.

165.873,38 euros

338

48000

A familias e instituciones sin fines de lucro

7.200,00 euros

4.000 euros

11.200,00 euros

422

212

Industria y energía. Industria. Reparaciones, mantenimiento y conservación. Edificios y otras construcciones

6.000 euros

3.700 euros

9.700,00 euros

920

24000

Actuaciones de carácter general. Servicios de carácter general. Gastos de publicaciones. Gastos de edición y distribución

2.000 euros

7.300 euros

9.300,00 euros

920

22699

Actuaciones de carácter general. Servicios de carácter general. Otros gastos diversos.

52.000,18 euros

6.000 euros

58.000,18 euros

920

212

Actuaciones de carácter general. Reparaciones, mantenimiento y conservación. Edificios y otras construcciones.1.000 euro

2.500,00 euros

3.000 euros

5.500,00 euros

920

227.99

Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

26.000,00 euros

3.000 euros

29.000,00 euros

920

619

Otra inv reposicion nueva en insfraestructura y bines destinados al uso en general.

63.377,87 euros

463.548,11 euros

526.925,98 euros

 

 

TOTAL

657.787,43 euros

656.048,11 euros

1.313.835,54 euros

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Alta/Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Capítulo

Artículo

Concepto

 

 

 

 

 

 

890

REMANENTE DE TESORERÍA

TOTAL INGRESOS

656.048,11 euros

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Almonacid de Zorita a 14 de Noviembre de 2025. El Sr. Alcalde Presidente D. José Miguel López Aguirre.

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