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Viernes, 24 Octubre 2025 08:10

APROBACION INICIAL DE EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 2/2025 DEL PRESUPUESTO EN VIGOR

3139

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AYUNTAMIENTO DE FONTANAR


3139

Acuerdo del Pleno de fecha 21 de octubre de 2025 de la entidad de Fontanar por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos n. º 2/2025 del Presupuesto en vigor, con el siguiente texto:

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 2/2024, con la modalidad de transferencia entre distintas areas de gasto, de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

TRANSFERENCIAS DE CREDITO

 

 

 

Pro.

Eco.

Descripción

Créditos Iniciales

transferencia credito ALTA

transferencia credito BAJA

241

13100

Retribuciones del Plan de Empleo

44158

 

9.000,00

2312

22105

Suministro de alimentos vivienda tutelada

60000

 

7.000,00

440

45000

Aportacón al plan ASTRA

23277,19

 

6.169,58

2312

22699

Otros gastos diversos Vivienda Tutelada

28000

 

3.500,00

232

22699

Politicas para la erradicacion de la violencia de genero

4000

 

3.000,00

2311

16000

Seguridad Social PRAS

26342,5

 

3.000,00

2312

22110

Suministro de productos de limpieza aseo Vivienda Tutelada

7600

 

2.500,00

2313

22699

OTROS GASTOS DIVERSOS SAD

22000

 

2.500,00

241

16000

Seguridad Social Plan de Empleo

14400

 

2.500,00

924

48000

Subvenciones a personas individuales o asociaciones

7000

 

1.500,00

2312

22103

Suministro de combustibles carburantes Vivienda Tutelada

9000

 

1.500,00

1531

60000

Inversiones en terrenos.

40000

 

1.418,44

1532

13000

Retribuciones personal vías públicas

30000

 

1.000,00

3231

47900

Subvención gastos corrientes concesionario E.E.I.

47000

 

81,36

4311

22799

Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales

3000

 

33,91

1532

22699

Otros gastos Vías Públicas

10000

6.203,29

 

920

13102

Retribuciones personal temporal EEI

0

8.500,00

 

334

22699

Otros gastos Promoción y difusión de la Cultura

60000

30.000,00

 

TOTAL

44.703,29

44.703,29

SEGUNDO.- El expediente de modificación de créditos n.º 1/2025 del vigente Presupuesto municipal adopta la modalidad de suplemento de crédito, mediante incorporación de Remanente de Tesoreria de acuerdo con el siguiente detalle:

 

INCORPOTACION DE REMANENTE

 

 

 

 

 

 

Eco.

Descripción

Créditos Iniciales

Incorporacion Remanente

22699

Otros gastos Vías Públicas

10000

30.000,00

13102

Retribuciones personal temporal EEI

0

12.500,00

22699

Otros gastos diversos. Zonas Verdes

5000

1.000,00

48000

Acción Social

12000

1.710,00

22799

ocupación del tiempo libre

34000

5.000,00

22699

Otros gastos diversos Casa de la Cultura

10000

5.000,00

62000

Infraestructuras de fabricación y construcción diversas

20000

7.500,00

22699

Otros gastos diversos E.E.I.

16000

10.000,00

22699

Otros gastos diversos Agua

1000

10.000,00

62000

Inversion en E.E.I.

7000

15.000,00

21200

Reparaciones, manten., conser. edificios Serv. Generales

3500

20.000,00

22699

Otros gastos diversos Deportes

3000

20.000,00

62000

Inversion en instalaciones

20000

25.000,00

22708

Servicios de recaudacion o inspeccion para la Administracion

55000

30.000,00

 

 

 

192.710,00

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad [http://fontanar.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Fontanar, a 22 de octubre de 2025. Fdo.: El Alcalde, D. Jesús Caballero del Castillo.

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