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Jueves, 02 Octubre 2025 08:10

APROBACIÓN DE MODIFICACIÓN DEL ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR SUSTITUCIÓN DE CONTADORES DE AGUA.

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AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO


2900

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), en relación con el artículo 45.1.a) de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), se hace pública la resolución adoptada por la Junta de Gobierno Local en la sesión ordinaria celebrada el 11 de mayo de 2021, por la que se modifica el Acuerdo regulador del precio público por sustitución de contadores de agua, conforme al texto que figura como Anexo del presente anuncio. Esta resolución se adopta por delegación del Pleno, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza reguladora de las normas generales para el establecimiento y modificación de precios públicos, aprobada el 23 de diciembre de 2011.

Este acto administrativo tiene carácter resolutorio y pone fin a la vía administrativa, pudiendo recurrirse ordinariamente de las siguientes formas y condiciones:

  1. Interposición directa de recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acto, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Guadalajara, de conformidad con los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
  2. Recurso potestativo de reposición alternativamente al recurso contencioso-administrativo: ante el Pleno, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del acto, de conformidad con el artículo 52 LBRL y los artículos 123 y 124 LPAC.
  3. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición en el caso de haberse interpuesto por haber transcurrido el plazo de un mes que es el máximo para dictarlo y notificarlo (artículos 24.1 y 123.2 LJCA).
  4. Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

En Cabanillas del Campo, a 30 de septiembre de 2025. El Alcalde, Alcalde, José García Salinas

ANEXO:

«Dada cuenta del expediente tramitado para la modificación del precio público por sustitución de contadores de agua, en los términos descritos y justificados en la providencia de la alcaldía dictada al efecto.

Visto el informe favorable de Tesorería y el previo dictamen de la Comisión Informativa Permanente competente, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

«PRIMERO.- Se aprueba la modificación del precio público por sustitución de contadores de agua que queda modificada en los siguientes términos:

Artículo único.- Modificación del precio público por sustitución de contadores de agua

El precio público por sustitución de contadores de agua, queda modificado como sigue:

Uno.- Se deja sin contenido el último cuadro del acuerdo regulador titulado comprobación de fugas de agua particulares.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

La presente modificación, aprobada por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2025, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

SEGUNDO.- Este acuerdo se publicará en la Sede Electrónica, en el Tablón de Anuncios municipal, en el portal de transparencia y en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

El texto íntegro de este acuerdo y de la modificación del Precio Público podrá consultarse en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento.

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