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Martes, 16 Septiembre 2025 08:09

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

2756

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


2756

El día 20 de agosto de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

TRILLO

EX13/01-01/29078

7

00014

TRILLO

EX13/01-01/29080

4

00251

TRILLO

EX13/01-01/29081

7

00001

TRILLO

EX13/01-01/29082

7

00016

TRILLO

EX13/01-01/29083

7

00021

TRILLO

EX13/01-01/29084

7

00126

TRILLO

EX13/01-01/29085

4

00207

TRILLO

EX13/01-01/29086

4

00289

TRILLO

EX13/01-01/29087

4

00327

TRILLO

EX13/01-01/29088

7

00080

TRILLO

EX13/01-01/29089

4

00211

TRILLO

EX13/01-01/29090

5

00024

TRILLO

EX13/01-01/29091

7

00015

TRILLO

EX13/01-01/29092

7

00064

TRILLO

EX13/01-01/29093

7

00070

TRILLO

EX13/01-01/29103

4

00199

TRILLO

EX13/01-01/29104

7

00084

TRILLO

EX13/01-01/29105

9

00017

TRILLO

EX13/01-01/29107

4

00263

TRILLO

EX13/01-01/29112

5

00007

TRILLO

EX13/01-01/29113

9

00024

TRILLO

EX13/01-01/29125

4

00313

TRILLO

EX13/01-01/29126

5

00022

TRILLO

EX13/01-01/29127

6

00004

TRILLO

EX13/01-01/29128

4

00276

TRILLO

EX13/01-01/29129

4

00340

TRILLO

EX13/01-01/29130

9

00008

TRILLO

EX13/01-01/29131

4

00187

TRILLO

EX13/01-01/29133

4

00312

TRILLO

EX13/01-01/29134

5

00012

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2025. La Secretaria General. P/S: Resolución Presidente 11 de agosto de 2025 Jefe del Gabinete de Presidencia - De Torres Suarez Alvaro Agustin.

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