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Martes, 09 Septiembre 2025 08:09

APROBACION DEFINITIVA SUPLEMENTO 3-2025

2676

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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


2676

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a

definitivo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento  de  Marchamalo, de fecha 5 de agosto de 2025 por el que se aprobó el expediente de modificación de créditos n.º 3/2025 en la modalidad de suplemento de crédito, dado que no se han formulado alegaciones durante el plazo de exposición al público tras su publicación en el BOP nº 152  del día 8 de agosto de 2025, con el siguiente resumen por artículos:

Modificaciones Presupuesto de Gastos

APP

DENOMINANCION

SUPLEMENTO

PROGRAMA

ECONOMICA

1320

22000

MATERIAL OFICINA POLICIA LOCAL

11.000,00 

1320

21300

MANTENIMIENTO INSTALACIONES POLICIA LOCAL

5.000,00 

1320

22104

VESTUARIO POLICIA LOCAL

2.000,00 

1320

22700

LIMPIEZA Y ASEO POLICIA LOCAL

1.000,00 

1532

22111

HERRAMENTAL OBRAS

10.000,00 

1610

21000

MANTENIMIENTO REDES AGUA

8.000,00 

1710

21000

MANTENIMIENTO ZONAS VERDES

40.000,00 

1710

21300

MANTENIMIENTO MAQUINARIA JARDINES

1.000,00 

3200

22103

COMBUSTIBLE COLEGIOS

6.500,00 

3210

21300

CONTRATO MANTENIMIENTO CLIMAT ESCU INFANTIL

5.900,00 

3210

22103

COMBUSTIBLE ESCUELA INFANTIL

5.000,00 

3300

22720

MANTENIMIENTO ASCENSOR ATENEO

3.000,00 

3341

22699

GASTOS DIVERSOS (CONSERJE CENTRO JOVEN)

5.000,00 

3400

22701

SERVICIO GESTION DEPORTES

153.000,00 

3420

21200

MANTENIMIENTO INSTALACIONES DEPORTIVAS

32.900,00 

3420

22102

GAS INSTALACIONES DEPORTIVAS

38.500,00 

9201

22720

MANTENIMIENTO ASCENSOR BRIGADA OBRAS

1.200,00 

     

329.000,00 

Modificaciones en aplicaciones de INGRESOS

APP

N.º 

Descripción 

EUROS 

Cap. Art. Concepto 

 

 

 

870.00 

Remanente tesorería gastos generales 

329.000,00 

 

 

TOTAL INGRESOS 

329.000,00 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Marchamalo a  4 de septiembre de 2025. Firmado. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaria.

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