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Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
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Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
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Viernes, 05 Septiembre 2025 08:09

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

2662

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AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE MOHERNANDO


2662

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

Artículo 1.- Fundamento y objeto

Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, y en el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece la tasa por el otorgamiento de licencias urbanísticas, que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto al artículo 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Artículo 2.- Hecho imponible

El hecho imponible de la tasa viene constituido por la actividad municipal, tanto técnica como administrativa, tendente a verificar si los actos de edificación y uso del suelo a que se refiere los artículos 165 y 169.1.a) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Macha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero de 2023, y que hayan de realizarse en el término municipal se ajustana las normas urbanísticas de edificación y policía previstas en la legislación sobre el suelo y enel Plan General de Ordenación Urbana de este Municipio y, en su caso, al proyecto ycondiciones en que la licencia de obras fue concedida.

Esta tasa es compatible con el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Artículo 3.- Sujetos pasivos

Tendrán la consideración de sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por el servicio o actividad municipal a que se refiere la presente Ordenanza.

Asimismo, de conformidad con el artículo 23.2.b) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, tendrán la consideración de sustitutos del contribuyente en las tasas establecidas por el otorgamiento de las licencias urbanísticas previstas en la Normativa sobre suelo y ordenación urbana, los constructores y los contratistas de las obras.

Artículo 4.- Responsables

Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto a otras personas o entidades. A estos efectos se considerarán deudores principales los obligados tributarios del artículo 35.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, entre otros:

  • Los contribuyentes.
  • Los sustitutos del contribuyente.
  • Los obligados a realizar pagos fraccionados.
  • Los retenedores.
  • Los obligados a practicar ingresos a cuenta.
  • Los obligados a repercutir.

Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.

Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 42 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se estará a lo establecido, respectivamente, en los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Artículo 5.- Cuota tributaria

Constituirá la base imponible el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, y se entiende por tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquella.

No forman parte de la base imponible el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás Impuestos análogos propios de regímenes especiales, las tasas, precios públicos y demás prestaciones patrimoniales de carácter público local relacionadas, en su caso, con la construcción, instalación u obra, ni tampoco los honorarios de profesionales, el beneficio empresarial del contratista ni cualquier otro concepto que no integre, estrictamente, el coste de ejecución material.

ACTIVIDAD

CUOTA

Licencia de obras

30,00 euros

Licencias de primera ocupación

20,00 euros

Parcelaciones urbanas

0,05 €/m2

Segregación o parcelación en rústica

0,001 €/m2

Demolición de construcciones

50,00 euros

En el caso de desistimiento formulado por el solicitante con anterioridad a la concesión de la licencia, las cuotas a liquidar serán del 50% de las señaladas en tabla anterior, siempre que la actividad municipal se hubiera iniciado efectivamente.

Artículo 6.- Exenciones y bonificaciones

De conformidad con el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 18 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, no se admitirá beneficio tributario alguno, salvo a favor del Estado y los demás Entes Públicos territoriales o institucionales o como consecuencia de lo establecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales.

En este sentido, no se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la tasa, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 7. Devengo

Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir, cuando se inicie la actividad municipalque constituye el hecho imponible.

A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en lafecha de presentación de la oportuna solicitud de la licencia urbanística, si el sujeto pasivoformulase expresamente esta.

Cuando las obras se hayan iniciado o ejecutado sin haber obtenido la oportuna licencia, laTasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad municipal conducente adeterminar si la obra en cuestión es o no autorizable, con independencia de la iniciación de esasobras o su demolición si no fueran autorizables.

La obligación de contribuir, una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por ladenegación de la Licencia solicitada o por la concesión de esta condicionada a la modificacióndel proyecto presentado, ni por la renuncia o desistimiento del solicitante, una vez concedida la licencia.

Artículo 8. Normas de Gestión

Las personas interesadas en la obtención de una licencia urbanística, presentarán la oportuna solicitud en el Registro General del Ayuntamiento con la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI o NIF del titular y representante, en su caso.
  • Documento acreditativo de la representación, en caso de actuar mediante representante.
  • Documento acreditativo de derecho bastante para realizar la construcción, edificación o uso pretendido.  No obstante, las licencias se otorgarán dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. Sólo producirán efectos entre el Municipio y el sujeto a cuya actuación se refieran, pero no alterarán las situaciones jurídicas privadas entre éste y las demás personas y no podrán ser invocadas para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que hubieren incurrido los beneficiarios en el ejercicio de sus actividades.
  • Fotocopia del documento que acredite la titularidad del inmueble.
  • Naturaleza, extensión y alcance de la obra, uso, construcción o instalación a realizar (Anexo II).
  • Lugar de emplazamiento (Anexo II).
  • Plazo de inicio y ejecución de las obras (Anexo II).
  • Fotografía del solar, o en su caso, de fachada, laterales y trasera de la edificación preexistente.
  • Plano del emplazamiento.
  • Acreditación de la referencia catastral del inmueble (Anexo II).
  • Cuando proceda, autorización o conformidad de la comunidad de propietarios.
  • Presupuesto desglosado y total, con indicación de la mano de obra y materiales, o en su caso facturas de los materiales (incluyendo, entre otros, los suministros utilizados en la obra, contenedores) utilizados para la realización de la obra.
  • En caso de que la obra afecte a la distribución de espacios interiores, deberá justificarse la adecuación de la obra a las normas urbanísticas y normas de habitabilidad y diseño y garantizar que la misma no afecta a la seguridad estructural del inmueble. Para ello la memoria descriptiva de la obra a realizar estará suscrita por técnico competente e incluirá certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de habitabilidad y de que las obras no menoscaban la seguridad del inmueble.
  • Con carácter general, toda solicitud de licencia de obra que implique anclaje a pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de unas fotografías del mismo anteriores a la ejecución de la obra, comprometiéndose el solicitante de la licencia a entregar el acerado y el pavimento en las mismas condiciones que estaba antes de la realización de los trabajos, para lo cual deberá prestar garantía suficiente en forma de aval.
  • Proyecto técnico visado por el Colegio Profesional y suscrito por facultativo competente, el cual responderá, a los efectos que procedan legalmente, de la exactitud y veracidad de los datos de carácter técnico consignados en el mismo. Las solicitudes de licencias urbanísticas que, conforme a la normativa de ordenación de la edificación, no precisen proyecto técnico podrán acompañarse de una Memoria Descriptiva de las actuaciones en las que se definan y describan con exactitud los usos, sus características urbanísticas, condiciones de seguridad, salubridad y ornato adecuadas a su emplazamiento, así como un presupuesto estimado de las mismas.
  • Declaración suscrita por el técnico redactor del proyecto de cumplimiento de la normativa urbanística vigente y de los requisitos básicos de calidad de la edificación, en su caso.
  • Hoja de Estadística y Dirección de la Obra, así como del Coordinador de Seguridad y Salud, en el caso de obras mayores y en aquellas que así sea requerido por el Servicio Técnico Municipal.
  • Documentación técnica, entre otros, estudio de seguridad y salud/plan de seguridad (si procede).Incluyéndose las autorizaciones concurrentes o informes sectoriales exigidos por la normativa medioambiental, urbanística, patrimonial o cualquier otra que resulte de aplicación. así como de la autorización, de conformidad con lo previsto en el art. 39.1.b) del Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. 
  • En caso de ser necesaria la utilización de grúas o aparatos similares, se adjuntará plano que identifique su ubicación, y copia de la póliza del seguro por responsabilidad civil con la cobertura mínima exigida por ley, que deberá estar vigente durante el montaje, funcionamiento, desmontaje y su estancia en obra. Una vez instalada se deberá aportar un certificado acreditativo de su correcta instalación y del cumplimiento de las normas sobre su conservación y funcionamiento.

En la solicitud se hará constar, en su caso, la instalación de contenedores en la vía pública, indicando el tiempo durante el cual estará instalado, así como su emplazamiento; entendiéndose autorizada su instalación en caso de ser favorable la concesión de la licencia.

Si después de formulada la solicitud de licencia se modificase o ampliase el objeto de la misma, deberá ponerse en conocimiento del Ayuntamiento, acompañando el nuevo presupuesto o el reformado y, en su caso, planos y memorias de la modificación o ampliación.

Finalizadas las obras, se practicará la liquidación definitiva correspondiente por la tasa, que será notificada al sujeto pasivo para su ingreso directo en las arcas municipales, utilizando los medios de pago y los plazos que señala la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

La caducidad de las licencias determinará la pérdida de las tasas satisfechas por aquellas. A tal efecto, se estará a lo dispuesto en el art. 36.2 del Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. 

Artículo 9.- Infracciones y sanciones

En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, así como sus disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 11 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 10. Legislación Aplicable

En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, así como en la Ordenanza Fiscal General aprobada por este Ayuntamiento.

Disposición Final

La presente Ordenanza fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y será de aplicación a partir de su publicación definitiva, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.

ANEXO I. Documentación necesaria para la tramitación de licencias urbanísticas

Las personas interesadas en la obtención de una licencia urbanística, presentarán la oportuna solicitud en el Registro General del Ayuntamiento con la siguiente documentación/información:

Documentación/información General:

  • Fotocopia del DNI o NIF del titular y representante, en su caso.
  • Documento acreditativo de la representación, en caso de actuar mediante representante.
  • Documento acreditativo de derecho bastante para realizar la construcción, edificación o uso pretendido.  No obstante, las licencias se otorgarán dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. Sólo producirán efectos entre el Municipio y el sujeto a cuya actuación se refieran, pero no alterarán las situaciones jurídicas privadas entre éste y las demás personas y no podrán ser invocadas para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que hubieren incurrido los beneficiarios en el ejercicio de sus actividades.
  • Fotocopia del documento que acredite la titularidad del inmueble.
  • Naturaleza, extensión y alcance de la obra, uso, construcción o instalación a realizar (Anexo II).
  • Lugar de emplazamiento (Anexo II).
  • Plazo de inicio y ejecución de las obras (Anexo II).
  • Fotografía del solar, o en su caso, de fachada, laterales y trasera de la edificación preexistente.
  • Plano del emplazamiento.
  • Acreditación de la referencia catastral del inmueble (Anexo II).
  • Cuando proceda, autorización o conformidad de la comunidad de propietarios.
  • Presupuesto desglosado y total, con indicación de la mano de obra y materiales, o en su caso facturas de los materiales (incluyendo, entre otros, los suministros utilizados en la obra, contenedores) utilizados para la realización de la obra.
  • En caso de que la obra afecte a la distribución de espacios interiores, deberá justificarse la adecuación de la obra a las normas urbanísticas y normas de habitabilidad y diseño y garantizar que la misma no afecta a la seguridad estructural del inmueble. Para ello la memoria descriptiva de la obra a realizar estará suscrita por técnico competente e incluirá certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de habitabilidad y de que las obras no menoscaban la seguridad del inmueble.
  • Con carácter general, toda solicitud de licencia de obra que implique anclaje a pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de unas fotografías del mismo anteriores a la ejecución de la obra, comprometiéndose el solicitante de la licencia a entregar el acerado y el pavimento en las mismas condiciones que estaba antes de la realización de los trabajos, para lo cual deberá prestar garantía suficiente en forma de aval.
  • Proyecto técnico visado por el Colegio Profesional y suscrito por facultativo competente, el cual responderá, a los efectos que procedan legalmente, de la exactitud y veracidad de los datos de carácter técnico consignados en el mismo. Las solicitudes de licencias urbanísticas que, conforme a la normativa de ordenación de la edificación, no precisen proyecto técnico podrán acompañarse de una Memoria Descriptiva de las actuaciones en las que se definan y describan con exactitud los usos, sus características urbanísticas, condiciones de seguridad, salubridad y ornato adecuadas a su emplazamiento, así como un presupuesto estimado de las mismas.
  • Declaración suscrita por el técnico redactor del proyecto de cumplimiento de la normativa urbanística vigente y de los requisitos básicos de calidad de la edificación, en su caso.
  • Hoja de Estadística y Dirección de la Obra, así como del Coordinador de Seguridad y Salud, en el caso de obras mayores y en aquellas que así sea requerido por el Servicio Técnico Municipal.
  • Documentación técnica, entre otros, estudio de seguridad y salud/plan de seguridad (si procede). Incluyéndose las autorizaciones concurrentes o informes sectoriales exigidos por la normativa medioambiental, urbanística, patrimonial o cualquier otra que resulte de aplicación. así como de la autorización, de conformidad con lo previsto en el art. 39.1.b) del Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. 
  • En caso de ser necesaria la utilización de grúas o aparatos similares, se adjuntará plano que identifique su ubicación, y copia de la póliza del seguro por responsabilidad civil con la cobertura mínima exigida por ley, que deberá estar vigente durante el montaje, funcionamiento, desmontaje y su estancia en obra. Una vez instalada se deberá aportar un certificado acreditativo de su correcta instalación y del cumplimiento de las normas sobre su conservación y funcionamiento.

En la solicitud se hará constar, en su caso, la instalación de contenedores en la vía pública, indicando el tiempo durante el cual estará instalado, así como su emplazamiento; entendiéndose autorizada su instalación en caso de ser favorable la concesión de la licencia.

En caso de que proceda, la correcta gestión de los residuos de demolición y construcción que habrán de ser tratados conforme a la normativa ambiental en vigor, debiéndose, en su caso, aportar Certificado de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, una vez realizada la obra.

ANEXO II. Modelo de solicitud de licencias urbanísticas

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y Apellidos

 

 

Nombre de la empresa

 

 

NIF/NIE/CIF

 

 

DATOS REPRESENTANTE (Rellenar en caso de actuar mediante Representante)

Nombre y Apellidos

 

 

NIF/NIE

 

 

DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES

Dirección 

 

 

Municipio y Código Postal

 

 

Provincia

 

 

DOMICILIO A EFECTO DE NOTIFICACIONES

Teléfono fijo/móvil  

 

 

Correo electrónico

 

 

DESCRIPCIÓN DE LA OBRA

Descripción de la obra

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tiempo estimado de ejecución

 

Emplazamiento (donde se realizará la obra)*

 

 

Referencia catastral

 

 

*En caso de obras en urbano habrá de consignarse la dirección; En caso de obras en rústico, habrá de consignarse parcela, polígono y paraje.

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL, excluido I.V.A. (en euros)*

 

 

 

*El presupuesto deberá reflejar la cuantía consignada en el Presupuesto adjunto a la solicitud o, en su caso, la suma de las facturas por los materiales empleados en la realización de la obra.

DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD (señalar la documentación aportada):

☐ Fotocopia del DNI o NIF del titular y representante, en su caso.

☐ Documento acreditativo de la representación, en caso de actuar mediante representante.

☐ Documento acreditativo de derecho bastante para realizar la construcción, edificación o uso pretendido.  No obstante, las licencias se otorgarán dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. Sólo producirán efectos entre el Municipio y el sujeto a cuya actuación se refieran, pero no alterarán las situaciones jurídicas privadas entre éste y las demás personas y no podrán ser invocadas para excluir o disminuir la responsabilidad civil o penal en la que hubieren incurrido los beneficiarios en el ejercicio de sus actividades.

☐ Fotocopia del documento que acredite la titularidad del inmueble.

☐ Naturaleza, extensión y alcance de la obra, uso, construcción o instalación a realizar (Anexo II).

☐ Lugar de emplazamiento (Anexo II).

☐ Plazo de inicio y ejecución de las obras (Anexo II).

☐ Fotografía del solar, o en su caso, de fachada, laterales y trasera de la edificación preexistente.

☐ Plano del emplazamiento.

☐ Acreditación de la referencia catastral del inmueble (Anexo II).

☐ Cuando proceda, autorización o conformidad de la comunidad de propietarios.

☐ Presupuesto desglosado y total, con indicación de la mano de obra y materiales, o en su caso facturas de los materiales (incluyendo, entre otros, los suministros utilizados en la obra, contenedores) utilizados para la realización de la obra.

☐ En caso de que la obra afecte a la distribución de espacios interiores, deberá justificarse la adecuación de la obra a las normas urbanísticas y normas de habitabilidad y diseño y garantizar que la misma no afecta a la seguridad estructural del inmueble. Para ello la memoria descriptiva de la obra a realizar estará suscrita por técnico competente e incluirá certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de habitabilidad y de que las obras no menoscaban la seguridad del inmueble.

☐ Con carácter general, toda solicitud de licencia de obra que implique anclaje a pavimento, en acera o en calzada, deberá acompañarse de unas fotografías del mismo anteriores a la ejecución de la obra, comprometiéndose el solicitante de la licencia a entregar el acerado y el pavimento en las mismas condiciones que estaba antes de la realización de los trabajos, para lo cual deberá prestar garantía suficiente en forma de aval.

☐ Proyecto técnico visado por el Colegio Profesional y suscrito por facultativo competente, el cual responderá, a los efectos que procedan legalmente, de la exactitud y veracidad de los datos de carácter técnico consignados en el mismo. Las solicitudes de licencias urbanísticas que, conforme a la normativa de ordenación de la edificación, no precisen proyecto técnico podrán acompañarse de una Memoria Descriptiva de las actuaciones en las que se definan y describan con exactitud los usos, sus características urbanísticas, condiciones de seguridad, salubridad y ornato adecuadas a su emplazamiento, así como un presupuesto estimado de las mismas.

☐ Declaración suscrita por el técnico redactor del proyecto de cumplimiento de la normativa urbanística vigente y de los requisitos básicos de calidad de la edificación, en su caso.

☐ Hoja de Estadística y Dirección de la Obra, así como del Coordinador de Seguridad y Salud, en el caso de obras mayores y en aquellas que así sea requerido por el Servicio Técnico Municipal.

☐ Documentación técnica, entre otros, estudio de seguridad y salud/plan de seguridad (si procede). Incluyéndose las autorizaciones concurrentes o informes sectoriales exigidos por la normativa medioambiental, urbanística, patrimonial o cualquier otra que resulte de aplicación. así como de la autorización, de conformidad con lo previsto en el art. 39.1.b) del Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. 

☐ En caso de ser necesaria la utilización de grúas o aparatos similares, se adjuntará plano que identifique su ubicación, y copia de la póliza del seguro por responsabilidad civil con la cobertura mínima exigida por ley, que deberá estar vigente durante el montaje, funcionamiento, desmontaje y su estancia en obra. Una vez instalada se deberá aportar un certificado acreditativo de su correcta instalación

El plazo de notificación de la resolución del procedimiento será de dos meses para las licencias urbanísticas de obras y parcelaciones.

La ausencia de resolución y notificación en el mencionado plazo tendrá efectos estimatorios, no obstante, tendrá efectos desestimatorios los actos de transformación, construcción, edificación y uso del suelo y el subsuelo que se indican a continuación que requerirán del acto expreso de conformidad, aprobación o autorización administrativa que sea preceptivo según la legislación de ordenación territorial y urbanística:

  1. Movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación.
  2. Las obras de edificación, construcción e implantación de instalaciones de nueva planta.
  3. La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.
  4. La tala de masas arbóreas o de vegetación arbustiva que, por sus características, puedan afectar al paisaje.
  5. La primera ocupación de edificaciones de nueva planta y de las casas a que se refiere la letra c) anterior.

CONSENTIMIENTOS PARA EL ACCESO LA CONSULTA Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES (señalar en caso de que proceda): 

☐ Autorizo al Ayuntamiento de Robledillo de Mohernando a la consulta de los datos catastrales relativos al emplazamiento donde se realizarán las obras.

☐ Autorizo al Ayuntamiento de Robledillo de Mohernando al tratamiento y consulta de datos del solicitante/representante a través de la Plataforma de Intermediación de Datos y otros servicios interoperables.

INFORMACIÓN BÁSICA RELATIVA A LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES TRATADOS PARA LA TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD:

Responsable 

Ayuntamiento de Robledillo de Mohernando

 

Finalidad

Tramitar procedimientos y actuaciones administrativaas

 

Legitimación

Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos otorgados a esta Entidad.

Destinatarios

Se cederán datos, en su caso, a otras Administraciones Públicas y a los Encargados del Tratamiento de los Datos. No hay previsión de transferencias a terceros países.

Derechos

Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, tal y como se explica en la información adicional.

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Fdo.: (el solicitante/representante legal)

 

 

En Robledillo de Mohernando, a ___ de ____________ de ____

En Robledillo de Mohernando, a 3 de septiembre de 2025. El Alcalde-Presidente, Rubén Marchamalo Almazán

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