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Jueves, 04 Septiembre 2025 08:09

BASES DEL I CONCURSO DE RELATOS CORTOS CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

2646

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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA. CONCEJALÍA DE MUJER E IGUALDAD


2646

Código BNDS  850346

El Área de Mujer e Igualdad del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara convoca el I Concurso de Relatos Cortos contra la violencia hacia las mujeres, con motivo del 25N Día Internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres 2025. Este concurso se encuadra en el marco del programa subvencionado por el Pacto de Estado contra la violencia de género, que en su Eje 1 establece la ruptura del silencio con medidas de sensibilización de la sociedad sobre el daño que producen la desigualdad y las conductas violentas y las consecuencias que tiene para la vida de las mujeres y de sus hijos e hijas. El objetivo de esta convocatoria es analizar esta situación, sus raíces, consecuencias y soluciones. Temas del certamen: La igualdad entre mujeres y hombres y la lucha contra la violencia hacia las mujeres en todas sus formas.

Con motivo de ello, se ha resuelto publicar la presente convocatoria de acuerdo con las siguientes

BASES

1.- OBJETO

El objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los relatos presentados, aquel que el jurado considere mejor, tanto por la calidad literaria, originalidad y su adecuación temática.

2.- PARTICIPANTES

2.1.- Pueden participar en el concurso personas mayores de 16 años. Las personas menores de 18 años deberán adjuntar una autorización de la madre/padre o tutor legal (no hay modelo normalizado). Indicar el nombre, apellidos y DNI en calidad de madre, padre o tutor/a legal, de la persona menor de edad, con nombre y apellidos, que autoriza su participación en el I Concurso de relatos cortos contra la violencia de género “fecha y firma.

2.2.- Las personas participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención, conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la  certificación en los términos previstos en los apartados anteriores.

2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara y sus organismos autónomos.

3.- CONDICIONES TÉCNICAS

3.1.- Se admitirá un máximo de 1 relato por autor/a.

3.2.- La temática del certamen debe estar relacionada con la lucha contra la violencia hacia las mujeres o situaciones de discriminación en cualquiera de sus formas. Las obras que no estén relacionadas con la temática planteada o que atenten contra la dignidad humana o inciten a la violencia de cualquier género o tipo se reconoce el derecho de poder descartarse. 

3.3.- El relato deberá ser original e inédito.

3.4.- El relato corto se debe presentar en castellano y en un lenguaje no sexista.

3.5. La extensión máxima del relato será de 700 palabras (sin incluir el título) con espacio interlineado de 1,5 en Times New Roman tamaño 12.

4.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS Y PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

4.1. Para participar en el concurso será necesario enviar un e-mail a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con dos archivos adjuntos en pdf:

- Archivo pdf 1: Será el anexo I (hoja de inscripción) cumplimentado y firmado. El nombre del archivo pdf será “Inscripción + el título del relato”

- Archivo pdf 2: Será el relato. El nombre del archivo pdf será “el título del relato”. Es importante, para garantizar el anonimato, que en el relato no figure ningún dato identificativo del autor o autora. Sólo el título y el relato.

4.2. La fecha de inicio de la presentación será desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y la fecha fin de presentación el 17 de octubre de 2025 (inclusive). No se admitirán aquellos trabajos que se presenten fuera de plazo o de la manera establecida en las presentes bases.

4.3.- El texto íntegro de la convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara.

4.4.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre.

5.- PREMIOS

Se establecen los siguientes premios:

1er premio 300 €

2º premio 200 €

3er precio 100 €

La dotación presupuestaria total se cifra en 600€, correspondientes a la aplicación presupuestaria 231448001 del vigente presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara del ejercicio 2025.

6.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y LA RESOLUCIÓN

El órgano competente para la Instrucción de este procedimiento es el Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara. El órgano competente para la resolución de este procedimiento es el concejal delegado de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara

7.- JURADO

7.1.- La selección y concesión del Premio del Concurso se realizará a propuesta de un jurado que estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: concejal delegado de Mujer e Igualdad.

Vocales: Dos personas funcionarias del Ayuntamiento de Guadalajara del área de mujer e igualdad, una persona especialista en narración y/o literatura y una persona perteneciente a una asociación de mujeres u organización que trabaje con mujeres víctimas de violencia de género.

Secretaría: Personal técnico del Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara

7.2.- Este jurado levantará acta final de sus resoluciones donde hará constar todas las obras presentadas, las admitidas, las rechazadas y el motivo de su rechazo, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases.

Este documento constituirá propuesta de acuerdo al concejal delegado de Mujer e Igualdad, que será el órgano municipal competente para la concesión del premio.

7.3.- El jurado podrá declarar desierto el concurso en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúna los méritos suficientes para ser premiado.

7.4.- Las decisiones del jurado en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.

7.5.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del jurado.

7.6.- Se reconoce el derecho de poder descartar obras cuyo contenido atente contra la dignidad humana, que incite a la violencia de cualquier género y tipo, que no estén relacionados con la temática propuesta.

8.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. PROPIEDAD DE LAS OBRAS.

8.1.- Se notificará personalmente, y por la vía que hayan propuesto el resultado del concurso a todos los participantes del mismo.

8.2.- El plazo para resolver por completo el concurso y notificar el fallo a los participantes será de 6 meses desde la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

8.3.- Una vez fallado el concurso y concedido el premio, los autores de los relatos ganadores cederán todos los derechos del trabajo galardonado, pasando a formar parte integrante de esta Ayuntamiento, sin perjuicio del respeto a la propiedad intelectual del mismo. Concretamente, se autoriza al Ayuntamiento de Guadalajara, la cesión gratuita de los derechos de edición, publicación y comunicación pública, en cualquier soporte o medio, con carácter de exclusividad y por tiempo indefinido. El Ayuntamiento de Guadalajara queda eximido de cualquier responsabilidad ante la reclamación por los derechos de propiedad intelectual de terceros. 

8.4.- La persona ganadora del premio según el acta del jurado, y previamente a su concesión, habrá de cumplimentar la declaración responsable del Anexo II.

8.5.- La resolución de concesión de los premios especificará la identificación fiscal.

8.6.- La explotación y uso de los relatos presentados pasarán a formar parte del Ayuntamiento de Guadalajara desde el momento del fallo del jurado.

9.- OTRAS DETERMINACIONES

9.1.- La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguna de las condiciones antes expuestas.

9.2.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.

11.- NORMA FINAL

Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ley 39/20015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para el presente ejercicio, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las Disposiciones del Derecho Común.

En Guadalajara a 2 de septiembre de 2025 - Don Roberto Narro Ortiz - Concejal delegado del área de mujer e igualdad

ANEXO I

HOJA DE INSCRIPCIÓN AL  PREMIO PARA EL I CONCURSO DE RELATOS CORTOS CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DE GUADALAJARA

TÍTULO RELATO:

NOMBRE Y APELLIDOS:

DNI:

LOCALIDAD:                                                  

TELÉFONO :

EMAIL:

Firma

                                                                          

 

*Fecha límite presentación de obras: 17 de octubre de 2025.

Los datos personales incluidos en este formulario serán incorporados al fichero de Gestión del Área de Mujer e Igualdad, responsabilidad del Ayuntamiento de Guadalajara. Ud. Puede ejercer sobre esos datos los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Guadalajara, Plaza Mayor, 1, 19071, GUADALAJARA.

ANEXO II

D./Dña.                                                                                                   . con D.N.I:                                                      ­               , residente en                                        con domicilio en                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       ­                                                                         C.P.                   , teléfono                       ,                 y dirección de correo electrónico                                                            ­    .

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

Primero.- Que me encuentro al corriente de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Reglamento de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

Segundo.- Que no me hallo dentro de ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que estoy al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Tercero.- Que no tengo pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara o sus organismos autónomos.

Cuarta.- Que autorizo a los servicios del Área de Mujer e Igualdad del Ayuntamiento de Guadalajara a comprobar los datos anteriormente expresados.

 

Guadalajara,             de                            2025

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