JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO
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VISTO el texto del Acuerdo Parcial sobre el Convenio Colectivo de la empresa MANIPULADAS Y RETRACTILADOS POLO,SL (Centro de Cabanillas del Campo) (código de convenio 19001072012002) para el periodo 1 de enero de 2024 hasta 31 de diciembre de 2027, que tuvo entrada el 24 de junio de 2025 en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de funcionamiento a través de medios electrónicos; y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Decreto 103/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; en el Decreto 99/2013, de 28 de noviembre por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo, y en el resto de normativa aplicable.
ACUERDO:
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Delegación Provincial de Guadalajara de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
EN GUADALAJARA A 19 DE AGOSTO DE 2025. LA DELEGADA PROVINCIAL. SUSANA ESTEBAN BLAS.
ACTA DE REUNIÓN ENTRE DIRECCIÓN Y EL COMITÉ DE EMPRESA MRP
En Cabanillas del Campo, a 22 de Mayo de 2025
Por la Empresa:
Paula Polo Sáiz
María Rodríguez Díaz
Por el Comité:
Carla Alonso (UGT)
Yolanda Bejarano (UGT)
Paloma Vázquez (UGT)
Saray Herrera (UGT)
Susana Rodríguez (UGT)
Félix Frutos Martín (Asesor sindicato UGT)
- ACUERDO PARCIAL SOBRE EL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA MANIPULADOS Y RETRACTILADOS POLO, S.L. (CENTRO DE CABANILLAS DEL CAMPO):
ÁMBITO TEMPORAL: El convenio tendrá vigencia desde el 1 de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2027, desde la fecha de la firma de este acuerdo.
- INCREMENTO SALARIAL DEL 4.41 % al salario bruto anual por categoría , excepto las que están afectadas por SMI que ya han tenido esta subida, efectos Enero 2025.
- INCREMENTO SALARIAL AÑOS 2026 Y 2027: el IPC real publicado para cada uno de esos años, efectos 1 de Enero del correspondiente año, sobre el salario bruto anual para todas las categorías no afectadas por un incremento del SMI, en su caso, y topado al alza en el 4% y a la baja en el 2%.
Además, tal y como comentó en su día, la Dirección de la empresa se compromete a hacer una revisión de las subidas pactadas de manera anual si hubiese alguna subida más de SMI, para revisar la posibilidad de aplicarlo a las categorías que no estuviesen afectadas por el mismo.
- HORAS EXTRAS Y FESTIVAS: (Efectos Marzo 2025)
- Hora extra: 14 euros
- Hora festiva: 18 euros
- APLICACIÓN DE LA REDUCCIÓN DE JORNADA: se aplicará al final del perÍodo máximo según sea marcado por el gobierno y en las condiciones que marque el REAL DECRETO que se publique.
- BAJAS ENFERMEDAD COMÚN: la empresa asumirá el coste del 60% del primer al tercer día de baja de manera progresiva ,tal y como se detalla a continuación, con efectos desde la firma de este acuerdo:
- Año 2025 – Asunción por parte de la empresa del 60% de la base de cotización del mes anterior del primer día de la baja.
- Año 2026 – Asunción por parte de la empresa del 60% de la base de cotización del mes anterior del primer y según día de la baja.
- Año 2027 – Asunción por parte de la empresa del 60% de la base de cotización del mes antrerior del primer, segundo y tercer día de la baja.
Con este acuerdo parcial las partes finalizan el proceso negociador, procediendo a acordar y aprobar la actualización del CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA MANIPULADOS Y RETRACTILADOS POLO, S.L. (centro de Cabanillas del Campo, Guadalajara), conforme a lo dispuesto en el Título III del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de Octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Habilitan, a su vez, a Doña MARIA GLORIA ARMENTEROS MORENO, con NIF 03……S , para realizar cuantos trámites sean oportunos para articular el registro, depósito y publicación del presente Acuerdo Parcial sobre el Convenio Colectivo en el Boletín Oficial de la provincia de Guadalajara.
Y, sin más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad de lo que antecede, ratificándose en todo su contenido, sin reserva alguna, ambas partes, social y empresarial, firman la presente acta, dando fe de lo contenido en la presente reunión en la fecha arriba señalada.