AYUNTAMIENTO DE VALDARACHAS
1951
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 27 de mayo de 2025, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 02/2025, en la modalidad de transferencias de crédito entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que se hace público resumido en los siguientes términos:
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
151 |
619 |
Inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados a uso general. SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS |
2.460,00 |
|
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TOTAL GASTOS |
2.460,00 |
Baja en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Euros |
|
165 |
623 |
Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS |
1.000,00 |
341 |
480 |
A Familias e Instituciones sin fines de lucro. PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER PREFERENTE |
1.000,00 |
164 |
210 |
Reparaciones, mantenimiento y conservación. SERVICIOS PÚBLICOS BÁSICOS |
460,00 |
|
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TOTAL GASTOS |
2.460,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Valdarachas a 24 de junio de 2025. La Alcaldesa. Fdo.- Beatriz Troyano Martínez