AYUNTAMIENTO DE TRIJUEQUE
1545
Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento para el 2025 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución y la plantilla de personal, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE INGRESOS |
ESTADO DE GASTOS |
||
A) OPERACIONES CORRIENTES |
1.418.300 |
A) OPERACIONES CORRIENTES |
1.395.302 |
1 Impuestos directos |
600.300 |
1 Gastos de personal |
392.360 |
2 Impuestos indirectos |
40.000 |
2 Gastos corrientes en bienes y servicios |
907.742 |
3 Tasas, precios públicos y otros ingresos |
445.000 |
3 Gastos financieros |
1.500 |
4 Transferencias corrientes |
333.000 |
4 Transferencias corrientes |
93.700 |
5 Ingresos patrimoniales |
|
B) FONDO DE CONTINGENCIA |
1.000 |
B) OPERACIONES DE CAPITAL |
216.900 |
5 Fondo de contingencia y otros |
1.000 |
6 Enajenación de inversiones reales |
|
C) OPERACIONES DE CAPITAL |
223.100 |
7 Transferencias de capital |
216.900 |
6 Inversiones reales |
223.100 |
C) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
7 Transferencia de capital |
|
8 Activos financieros |
|
D) OPERACIONES FINANCIERAS |
|
9 Pasivos financieros |
|
8 Activos financieros |
|
|
|
9 Pasivos financieros |
|
TOTAL INGRESOS |
1.635.200 |
TOTAL GASTOS |
1.619.402 |
PLANTILLA DE PERSONAL
CLASE |
DENOMINACIÓN |
NÚMERO DE PUESTOS |
FUNCIONARIO |
SECRETARIA-INTERVENCIÓN/TESORERÍA |
1 |
FUNCIONARIO |
ARQUITECTO |
1 |
FUNCIONARIO |
ALGUACIL-OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES |
1 |
FUNCIONARIO |
JEFE/A DE NEGOCIADO |
2 |
FUNCIONARIO |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO |
1 |
LABORAL |
BIBLIOTECARIO-ARCHIVERO |
1 |
LABORAL |
OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES |
2 |
LABORAL |
PEÓN LIMPIEZA MUNICIPAL |
1 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Trijueque, a 19 de mayo de 2025. El alcalde, Javier Vela Valderas