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Viernes, 11 Abril 2025 09:04

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO 2025

1195

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AYUNTAMIENTO DE VALDEARENAS


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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

ESTADO DE GASTOS 2025
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 132.897,79 €
A.1 OPERACIONES CORRIENTES 103.897,79 €
1 Gastos del Personal 59.182,00 €
2 Gastos corrientes en bienes y servicios 35.886,19 €
3 Gastos financieros 194,00 €
4 Transferencias corrientes 8.635,60 €
5 Fondo de contingencia 0,00 €
A.2 OPERACIONES DE CAPITAL 29.000,00 €
6 Inversiones reales 25.000,00 €
7 Transferencias de capital 4.000,00 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 €
8 Activos financieros 0,00 €
9 Pasivos financieros 0,00 €
  TOTAL GASTOS 132.897,79 €
ESTADO DE INGRESOS 2025
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS 132.897,79 €
A.1 OPERACIONES CORRIENTES 107.897,79 €
1 Impuestos directos 33.690,86 €
2 Impuestos indirectos 2.000,00 €
3 Tasas, precios públicos y otros ingresos 20.491,93 €
4 Transferencias corrientes 37.615,00 €
5 Ingresos patrimoniales 14.100,00 €
A.2 OPERACIONES DE CAPITAL 25.000,00 €
6 Enajenación de inversiones reales 0,00 €
7 Transferencia de capital 25.000,00 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS 0,00 €
8 Activos financieros 0,00 €
9 Pasivos financieros 0,00 €
  TOTAL INGRESOS 132.897,79 €

PLANTILLA DE PERSONAL

CATEGORÍA-GRUPO

PUESTOS DE TRABAJO

Funcionario Interino

Secretario-Interventor

Personal Laboral

Peón

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Valdearenas, a 9 de abril de 2025. El Alcalde-Presidente, D. Tomás D. Gómez Esteban

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