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Viernes, 20 Diciembre 2024 08:12

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CREDITO 5/2024. INCORPORACIÓN REMANENTE DE TESORERIA

4084

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AYUNTAMIENTO DE ARBANCÓN


4084

Aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 5/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones contra el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en sesión de 12 de noviembre de 2024 y publicado el BOP número 219 de 15 de noviembre de 2024, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 5/2024

 Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Modifica-ciones de crédito

Créditos finales

Progr.

Econó-mica

 

 

 

 

011

310

Intereses de préstamos

2.626,25

1.600,00

4.226,25

011

913

Amortización préstamos

8.102,32

62.400,00

70.502,32

152

212

Reparaciones edificios

3.000,00

8.000,00

11.000,00

153

619

Inversiones vías públicas

10.000,00

15.000,00

25.000,00

165

22199

Otros suministros

14.000,00

2.100,00

16.100,00

334

22799

Trabajos realizados por empresas

5.800,00

3.500,00

9.300,00

337

22199

Otros suministros

6.000,00

1.000,00

7.000,00

920

131

Personal laboral temporal

17.500,00

3.000,00

20.500,00

920

22202

Material informático

350,00

800,00

1.150,00

920

22199

Otros suministros

2.000,00

3.000,00

5.000,00

920

22708

Servicios de REcaudación

9.000,00

11.600,00

20.600,00

 

 

TOTAL

78.378,57

112.000,00

190.378,57

Altas en Concepto de Ingresos

Aplicación

Descripción

Euros

Cap

Art.

 Conc.

 

 

8

87

870

Remanente de Tesorería 

112.000,00 €

 

 

 

TOTAL INGRESOS

112.000,00 €

Esemás, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica. 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Arbancón a 17 de Diciembre de 2024. El Alcalde-Presidente. Don Gonzalo Bravo Bartolomé.

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