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Miércoles, 18 Diciembre 2024 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 1/2024

4060

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E.A.T.I.M. GUALDA


4060

Acuerdo del Pleno de fecha 8/11/2024 de la entidad de Gualda por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 1/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Suplemento de crédito, con cargo a Remanente líquido de tesorería.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

 011

 913

Amortización de préstamos 

5.880,00 €

  40.000,00 €

45.880,00 € 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL

 5.880,00 €

  40.000,00 € 

 45.880,00 € 

Esta modificación se financia con cargo a Remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

 

 

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 8

87 

870.00 

Remanente de tesorería para gastos generales 

 40.000,00 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

 40.000,00€

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Gualda a 13 de diciembre de 2024, Fdo. Alcalde, Mariano Bravo Gregorio

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