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Lunes, 16 Diciembre 2024 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN CRÉDITOS 2024

4007

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AYUNTAMIENTO DE FUENTELENCINA


4007

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería aprobado por acuerdo de pleno de 5 de noviembre de 2024 y publicado en el BOP num 214 de 8 de noviembre de 2024, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito

Progr.

Económica

 

 

161

609

Inversiones

4006

1621

463

Recogida de RSU Mancomunidad Villas Alcarreñas

4700

338

22699

Festejos

10000

150

22799

Trabajos realizados por empresas

3500

342

463

Mancomunidad El Berral

1350

 

 

TOTAL

23556

FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo al remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

8

87

870

REMANENTE LIQUIDO DE TESORERIA

23556

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Fuentelencina a 11 de diciembre de 2024. El Alcalde. Santos López Tabernero

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