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Jueves, 12 Diciembre 2024 08:12

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 6/2024

3976

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AYUNTAMIENTO DE ROMANONES


3976

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos 6/2024, en las modalidades de suplemento de crédito y crédito extrordinario, financiado con cargo al remanente para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

GASTOS

INGRESOS

Suplemento de crédito

231

227.99

Asistencia social primaria / Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales

1.542,00

870

Remanente de Tesorería para Gastos Generales

11.525,99

334

226.09

Promoción cultural /Actividades culturales y deportivas

1.800,00

338

226.09

Fiestas populares y festejos/Actividades culturales y deportivas

625,99

920

212

Administración General/Edificios y otras construcciones

2.458,00

 

920

221.10

Administración General/Productos de limpieza y aseo

200,00

 

920

226.99

Administración General/Otros gastos diversos

800.00

 

920

227.99

Administración General/Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales

2.100.00

Crédito extraordinario

920

222.00

Administración General/Servicios de telecomunicaciones

2.000,00

TOTAL

 

 

11.525,99

TOTAL

11.525,99

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castuilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Romanones a 9 de diciembre de 2024. El Alcalde: javier de Luz Espada.

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