AYUNTAMIENTO DE ROMANONES
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos 6/2024, en las modalidades de suplemento de crédito y crédito extrordinario, financiado con cargo al remanente para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
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GASTOS |
INGRESOS |
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Suplemento de crédito |
231 |
227.99 |
Asistencia social primaria / Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales |
1.542,00 |
870 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
11.525,99 |
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334 |
226.09 |
Promoción cultural /Actividades culturales y deportivas |
1.800,00 |
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338 |
226.09 |
Fiestas populares y festejos/Actividades culturales y deportivas |
625,99 |
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920 |
212 |
Administración General/Edificios y otras construcciones |
2.458,00 |
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920 |
221.10 |
Administración General/Productos de limpieza y aseo |
200,00 |
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920 |
226.99 |
Administración General/Otros gastos diversos |
800.00 |
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920 |
227.99 |
Administración General/Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales |
2.100.00 |
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Crédito extraordinario |
920 |
222.00 |
Administración General/Servicios de telecomunicaciones |
2.000,00 |
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TOTAL |
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11.525,99 |
TOTAL |
11.525,99 |
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Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castuilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Romanones a 9 de diciembre de 2024. El Alcalde: javier de Luz Espada.
