AYUNTAMIENTO DE QUER
3973
Acuerdo del Pleno de fecha 07/11/2024 del Ayuntamiento de Quer por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, publicado el día 12/11/2024 número 216 del B.O.P de Guadalajara.
TEXTO
Al no haber reclamaciones se considera aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado mediante remanente de tesorería para gastos generales, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Crédito Extraordinario en Aplicaciones de Gastos
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Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito |
Créditos finales |
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Progr. |
Económica |
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342 |
609 |
Instalaciones deportivas . Otras inversiones nuevas en infraestructuras y bienes destinados al suo general |
0 |
8.197,93 |
8.197,93 |
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TOTAL |
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euros. |
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8.197,93 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería para gastos generales.
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Aplicación: económica |
Descripción |
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Importe |
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Cap. |
Art. |
Conc. |
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8 |
7 |
0 |
Subconcepto 870.00. Para gastos generales |
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8.197,93 |
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TOTAI INGRESOS |
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8.197,93 euros. |
Contra el presente Acuerdo conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete , en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Quer a 10 de diciembre de 2024. El Alcalde-Presidente. Fdo.: José Miguel Benítez Moreno.
