Imprimir esta página
imagen no encontrada
Lunes, 20 Julio 2015 00:00

Excma. Diputacion provincial de Guadalajara

2762

En uso de las facultades que me confieren los ar­tícu­los 34.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 63. 2 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por medio de la presente Resolución vengo, a delegar, en la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, las siguientes atribuciones:

Descargar pdf Anuncio

 

 

2762

Anuncio

La Presidencia de la corporación, por Resolución número 1677 de fecha 15 de julio de 2015, ha resuelto:

En uso de las facultades que me confieren los ar­tícu­los 34.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 63. 2 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por medio de la presente Resolución vengo, a delegar, en la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, las siguientes atribuciones:

1º.- La competencia como órgano de contratación respecto de los contratos de obras de cuantía igual o superior a 200.000,00 euros, así como la selección de colaborador en las obras a ejecutar por administración por la Diputación, en el supuesto que sea necesario, siempre que la cuantía a ejecutar mediante colaborador sea superior a la anteriormente indicada y de suministros, servi­cios, de gestión de servi­cios públicos, administrativos especiales y privados, de cuantía igual o superior a 60.000,00 euros, siempre que su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

2º.- Aprobación de la Oferta Pública de Empleo.

3º.- Aprobación de las Convocatorias y de las Bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.

4º.- Aprobación de los proyectos de obras y de servi­cios de competencia de la Presidencia para su contratación o concesión o estén previstos en los Presupuestos.

5º.- La adjudicación de concesiones sobre bienes de titularidad provincial y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.

6º.- La aprobación de Convenios de colaboración con el Estado, la Comunidad Autónoma y otras entidades públicas o con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado, que no correspondan por su importe al Pleno y que sean superiores a 12.000,00 euros.

7º.- La aprobación de bases para concesión de subvenciones, su convocatoria y concesión.

La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y de ella se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Guadalajara, 16 de julio de 2015.– El Presidente, José Manuel Latre Rebled.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Guadalajara
Visto 375 veces