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Miércoles, 04 Septiembre 2024 08:09

CONTRATACIÓN DE AUXILIAR DE BIBLIOTECA EN EL MARCO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN Y CREACIÓN DE BOLSA DE TRABAJO

2789

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AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE


2789

Por resolución de Alcaldía, número 2024-0659, de fecha 22 de agosto de 2024 se ha decretado la contratación de M.ª ISABEL DE LUCAS VEGAS, DNI ***8748**, como AUXILIAR DE BIBLIOTECA, de la plantilla de personal laboral fijo, una vez finalizado el proceso de estabilización.

Características del Puesto:

PUESTO Auxiliar de Biblioteca

ESCALA Personal Laboral

GRUPO C1 (Asimilado)

NÚMERO DE PLAZAS 1

TURNO Acceso Libre

SUELDO C1

TRIENIOS C1, los que correspondan

C. DESTINO NIVEL 18

C. ESPECÍFICO 575 Puntos RPT

Así mismo, en la misma resolución se ha acordado, de conformidad con la base 12ª en relación con la Base 1ª de las generales de la convocatoria, la constitución de bolsa de trabajo con los aspirantes que han obtenido una puntuación igual o superior a 40 puntos:

Nº ORDEN

APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

TOTAL, PROCESO

1

PÉREZ ANÓS D.

***259***

80

2

VÁZQUEZ CAMACHO AJ.

***560***

46,97

3

CAMPOS LORENZO M.

***051***

44,76

4

MORENO SAN JOSÉ I.

***148***

44,35

Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Villanueva de la Torre, a 2 de septiembre de 2024. La Alcaldesa, Fdo.- Mª Sonsoles Rico Ordoñez

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