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Miércoles, 03 Agosto 2022 08:08

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 2022

2590

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 2022
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AYUNTAMIENTO DE EL CARDOSO DE LA SIERRA


2590

Aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones contra el acuerdo del pleno de 22 de junio de 2022 publicado en el BOP núm 122 de 28 de junio de 2022, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

 Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Crédito suplemento

Capítulo

Económica

 

 

 

1

Personal

2400

 

2

Bienes corrientes  

6135.55 

 

 

TOTAL

8535.55

2.º FINANCIACIÓN

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Capítulo

 

 8

 RLT

8535.55

 

 

 

TOTAL INGRESOS

8535.55

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

El Cardoso de la Sierra a 1 de agosto de 2022. El Alcalde. Rafael Heras Arribas

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