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Lunes, 04 Julio 2022 08:07

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO 2/2022

2248

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACON DE CREDITO 2/2022
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AYUNTAMIENTO DE CIFUENTES


2248

N. Expediente: 171/2022

SUMARIO

por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 2/2022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

TEXTO

Mediante Acuerdo del Pleno de fecha 14/06/2022 del Ayuntamiento de Cifuentes se acuerda:

  • Inadmitir el escrito referido por D. Jesús Rodrigo Salmerón con denominación de “NULIDAD EXP 171-22 647-21 51-20 246-18 440-20 Y CASA CONSITORIAL M PRESUPUESTARIA corregido FD JRS” referido al expte 171 /2022 “Modificación presupuestaria nº2/2022- Suplemento de crédito” aprobado por acuerdo de Pleno de 18/04/2022 al no concurrir causa justificada de recurso conforme al artículo 170 TRLRHL.

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos disponibles

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Econ.

 

 

 

 

 920

61907

 Inversión Renovación Infraestructuras Generales

334.081,39€

50.112,20€ 

384.193,59 €

 153

61900 

Otras Inv. Reposición Infraestruc , Bienes Uso Gral. 

-4.938.86 

150.040€ 

 154.978,86

 

 

TOTAL

 

 200.152,20 €

154.978,86 

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

870.00

RT PARA GASTOS GENERALES 

200.152,20 € 

 

 

 

TOTAL, INGRESOS

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Cifuentes a 20 de junio de 2022. El Alcalde, Don Marco Antonio Campos Sanchis

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  • Municipios: Cifuentes
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