AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL POR SUSTITUCIÓN DE TRABAJADORA CON DERECHO A RESERVA DE PUESTO DE UN/UNA PSICÓLOGO/A PARA EL CENTRO DE LA MUJER.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.-
El Objeto de la presente convocatoria es la contratación laboral en la modalidad de Interinidad por sustitución de Trabajadora con derecho a reserva de puesto, de un/una Psicólogo/a para el Centro de la Mujer de Azuqueca de Henares.
2.- DURACIÓN DEL CONTRATO.-
Sustitución de trabajadora en excedencia, con derecho a reserva de puesto y estará supeditado a la existencia de subvención exterior a través de las subvenciones que se reciban de la Comunidad Autónoma para sostenimiento y funcionamiento del Centro de la Mujer.
3.- RETRIBUCIÓN BRUTA MENSUAL JORNADA Y TRABAJO A REALIZAR.-
- Salario Bruto Mensual, 1.981,65 € más la parte proporcional de paga extra.
- 35 horas semanales.
- Atención psicológica a las usuarias del recurso y tareas derivadas (formación, sensibilización, organización de actos conmemorativos...).
4.- REQUISITOS DE LOS/LAS ASPIRANTES
- Tener plena capacidad de obrar conforme lo dispuesto en el Código Civil.
- Estar en posesión del título de Licenciado/a en Psicología el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de sus funciones.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, Autonómica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firma.
- IMPRESCINDIBLE aportar certificado de DELITOS DE NATURALEZA SEXUAL
5.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.-
La convocatoria se publicarán en los Tablones de Anuncios del Ayuntamiento, y en la Web del Ayuntamiento de Azuqueca www.azuqueca.es, así como en el boletín oficial de la provincia.
6.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.-
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) del Ayuntamiento, durante el plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia, e irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Fotocopia del título exigido en la convocatoria.
- Documentación necesaria para valoración curricular, según se especifica en la base 9ª 1.-.
7.- TASASPARTICIPACIÓN DEL PROCESO.-
Derechos de examen: serán de 33,20€ y se ingresarán por el sistema de autoliquidación. A estos efectos se deberá cumplimentar el impreso facilitado por el Ayuntamiento y se presentará en cualquier Banco o Caja de Ahorros de las que actúan como entidades financieras colaboradoras en la recaudación tributaria, para su validación mediante impresión mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada.
Tendrán una bonificación del 50% de la cuota los que acrediten hallarse en situación de desempleo, mediante tarjeta de la Oficina Pública de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente o certificado de dicha Entidad.
8.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.-
Expirado el plazo de presentación de instancias, mediante resolución, se aprobará la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que será expuesta en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento para que durante el plazo de los dos días laborales siguientes, los/las interesados/as puedan presentar reclamaciones sobre su exclusión o subsanación de errores. En el supuesto de que no existan excluidos o errores, la referida lista se elevará a definitiva sin más trámite.
9.- SISTEMA DE SELECCIÓN: CONCURSO
VALORACIÓN DE CURRICULO
Se valorará los méritos alegados por los/las aspirantes del procedimiento selectivo.
En caso de que la documentación aportada no esté justificada según las instrucciones dadas, el Tribunal no valorará esa documentación.
Documentación necesaria para valorar los requisitos aportados
Para valoración de la EXPERIENCIA será necesario
- Copia de los contratos en el que aparezca la categoría y la duración, cotejados con el original en Registro .
- Certificado de Empresa debidamente sellado, en el que aparezca la duración de la relación laboral y descripción de funciones realizadas, puesto que sólo serán valorables las especificadas en el Anexo I.
- Informe de Vida Laboral.
- No se valorarán los periodos que no se puedan agrupar en bloques de treinta días.
Para valoración de la FORMACIÓN.
- Copia de diploma de asistencia al curso, en el que se especifiquen el número de horas y los contenidos del mismo.
- Para valorar la formación universitaria: copia del título cotejada con el original en registro.
La calificación de currículum se hará conforme a los siguientes criterios de valoración:
- EXPERIENCIA PROFESIONAL.
- Trabajos realizados en las áreas y en la misma categoría del puesto a ocupar, en algún recurso de la Administración Pública de atención a víctimas de violencia de género. 0,50 por mes trabajado.
- Trabajos realizados en las áreas y en la misma categoría del puesto a ocupar tanto por cuenta propia como ajena en Servicios Privados. 0,25 por mes trabajado.
No se valorará la experiencia que no se pueda acumular en periodos de 30 días.
- FORMACIÓN. Puntuación máxima: 10 puntos
Sólo se valorarán los cursos ESTRICTAMENTE relacionados con el puesto de trabajo.
- De 10 a 20 horas..............................................................................1pto.
- De 21 a 50 horas..............................................................................2ptos.
- De 51 a 100 horas............................................................................3ptos.
- De 101 en adelante..........................................................................4ptos.
TITULACIONES DE POSTGRADO: Hasta un máximo de 5 puntos:
Títulos a valorar; Másteres, Cursos de Postgrado, Experto/a Universitario/a. A este respecto sólo se valorará formación específica en área de Mujer: Género, Feminismo, Igualdad de Oportunidades, Salud, Violencia de Género.
Un punto por cada titulación adicional.
10.- CALIFICACIÓN, RELACIÓN DE APROBADOS, PROPUESTA DE CONTRATACIÓN, PERÍODO DE PRUEBA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.-
El Tribunal Calificador propondrá al Presidente de la Corporación la contratación del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación final. En ningún caso el Tribunal podrá proponer más de un aspirante. El resto de aspirantes pasarán a forma parte de una bolsa de empleo por orden de puntuación.
El aspirante propuesto presentará en el Ayuntamiento, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la fecha de exposición de las puntuaciones finales, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigen en la base 4ª. Si dentro del plazo indicado, salvo causa de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presenta la documentación, o no reúne los requisitos exigidos, será contratado el siguiente aspirante por orden de puntuación, siempre que presente la documentación y reúna los requisitos exigidos.
En caso de empate, primará la puntuación obtenida en el apartado a) Antigüedad. Si el empate persiste el tribunal calificador sorteará el orden de aparición en la bolsa.
11.- TRIBUNAL CALIFICADOR.- Estará compuesto de los siguientes miembros:
- Presidente/a: Técnico/a de la Corporación
- Vocal: Técnico/a de la Corporación a propuesta del Comité de Empresa.
- Secretario: Técnico/a de la Corporación.
Los miembros del Tribunal Calificador estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo no previsto en estas bases.
En Azuqueca de Henares, a 30 de mayo de 2022. El Alcalde Jose Luis Blanco Moreno